AnteriorSiguiente
📜 Texto OficialCÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES

Sección Sexta Del Testamento hecho en País Extranjero

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

El artículo 797 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares es como un índice. Solo anuncia que a continuación viene una sección especial que habla sobre los testamentos que una persona hace cuando está viviendo o de viaje en otro país. No establece reglas en sí mismo, sino que organiza el contenido de la ley para que sepas dónde buscar esa información específica.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Un mexicano que trabaja y reside en Estados Unidos quiere hacer su testamento allá. Para saber si ese documento será válido en México, debe buscar las reglas dentro de la "Sección Sexta" que anuncia este artículo.
  • Ejemplo 2: Una familia donde el padre falleció durante unas vacías en España. Si hizo un testamento ante un notario español, sus herederos en México deben consultar la sección que introduce el artículo 797 para conocer el procedimiento a seguir.
  • Ejemplo 3: Un abogado que asesora a un cliente con bienes en México y Canadá. Para planear cómo dejar esos bienes en testamento, el abogado revisa el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares y usa el artículo 797 como punto de entrada a las normas sobre testamentos extranjeros.

Análisis jurídico

El artículo 797 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares tiene una función de técnica legislativa: es un artículo de encabezamiento o rótulo. Su supuesto de hecho es la necesidad de regular los testamentos otorgados fuera del territorio nacional. La consecuencia jurídica no es una norma sustantiva, sino la remisión formal a un bloque normativo específico (la Sección Sexta). Su interpretación es sistemática, ya que su único sentido se obtiene leyéndolo junto con los artículos subsecuentes que sí contienen las disposiciones aplicables sobre validez, procedimiento de protocolización y efectos en México de dichos testamentos.

Artículos relacionados

Los artículos directamente relacionados son los que conforman la Sección Sexta del mismo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que inicia después del 797. También se vincula con el Código Civil Federal en sus normas sobre los tipos de testamento y los requisitos de fondo para heredar. Además, tiene relación con tratados internacionales en materia de derecho civil que México haya ratificado, los cuales pueden simplificar el reconocimiento de documentos notariales extranjeros.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 797

El Artículo 797 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "Sección Sexta Del Testamento hecho en País Extranjero."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 797

En aplicación del Artículo 797, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Sección Sexta Del Testamento hecho en País Extranjero..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.

La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 797.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 797" + "CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILE".
Contenido Patrocinado

🧮 Calculadoras Relacionadas

Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 797 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 797 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES?
El Artículo 797 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia civil. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
Los plazos varían según el tipo de acción civil: 10 años para acciones reales sobre inmuebles, 5 años para acciones personales, y 2 años para responsabilidad civil extracontractual. Consulte los Arts. 1159-1164 del Código Civil.
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
Depende del acto jurídico. Los actos que involucren inmuebles, poderes generales, constitución de sociedades y testamentos generalmente requieren escritura pública ante notario.
¿Este artículo aplica en todo México?
El Código Civil Federal aplica en el ámbito federal y como supletorio. Cada estado tiene su propio Código Civil que puede variar. Verifique la legislación de su estado.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 797. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

📄 Plantillas Relacionadas

Documentos legales listos para usar, basados en los derechos y obligaciones de este artículo.

Anterior↑ Volver al índice de la leySiguiente