Artículo 152
“Artículo 152. Tratándose de la última resolución que se dicte en el procedimiento de ejecución de un laudo en materia laboral la suspensión se concederá en los casos en que, a juicio de la persona titular de la presidencia del tribunal respectivo, no se ponga a la parte que obtuvo, si es la obrera, en peligro de no poder subsistir mientras se resuelve el juicio de amparo, en los cuales sólo se suspenderá la ejecución en cuanto exceda de lo necesario para asegurar tal subsistencia. Artículo reformado DOF 13-03-2025”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo 152 de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Articulos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue modificado recientemente, en marzo de 2025. Esto significa que su contenido legal fue actualizado. Para saber exactamente qué cambió, es necesario consultar el texto oficial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en esa fecha, ya que la reforma puede haber añadido, quitado o alterado reglas específicas sobre el procedimiento de amparo.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un abogado prepara un amparo para un cliente en abril de 2025. Debe revisar el texto reformado del artículo 152 de la Ley de Amparo para asegurarse de que su demanda cumple con todos los requisitos y plazos actualizados, evitando que sea desechada por un error técnico.
- Ejemplo 2: Un ciudadano que leyó sobre sus derechos en amparo en 2024 busca información en internet. Al encontrar una mención al artículo 152, debe verificar que la explicación que consulta refleje la reforma de 2025, pues la ley anterior ya no aplica.
- Ejemplo 3: Un juez de distrito resuelve un incidente dentro de un juicio de amparo. Para fundamentar su resolución, debe aplicar la versión vigente del artículo 152 de la Ley de Amparo Reglamentaria, tal como fue publicada en el DOF, no la que conocía de memoria.
Análisis jurídico
El artículo 152, al estar reformado, implica una modificación legislativa a su texto previo. El supuesto de hecho es la entrada en vigor de la reforma publicada en el DOF el 13-03-2025. La consecuencia jurídica inmediata es la abrogación o derogación de su redacción anterior, sustituyéndola por la nueva. Para un análisis completo, se debe realizar una interpretación sistemática contrastando el nuevo texto con los artículos adyacentes (como el 151 y 153) y con los principios generales de la ley, para determinar el alcance real del cambio en la regulación del juicio de amparo.
Artículos relacionados
Este artículo 152 se relaciona directamente con los artículos transitorios del decreto de reforma del 13-03-2025, que establecen cuándo entra en vigor y si aplica a juicios en trámite. También está vinculado con el artículo 1° de la Ley de Amparo, que fija su objeto, pues cualquier reforma debe alinearse con él. Finalmente, es crucial consultar el artículo 3° de la misma ley sobre la suplencia de la queja, ya que una reforma al 152 podría impactar en este principio procesal.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 152
El Artículo 152 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS regula una materia de orden público con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "Tratándose de la última resolución que se dicte en el procedimiento de ejecución de un laudo en materia laboral la suspensión se concederá en los casos en que, a juicio de la persona titular de la presidencia del tribunal respectivo, no se ponga a la parte que obtuvo, si es la obrera, en peligro ...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
Las disposiciones sobre el juicio de amparo que contiene este artículo deben leerse de forma sistemática con la Ley de Amparo vigente. Los valores procesales que consagra —relatividad de la sentencia, definitividad, instancia de parte— determinan la procedencia y los efectos del juicio protector.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 152
En aplicación del Artículo 152, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Tratándose de la última resolución que se dicte en el procedimiento de ejecución de un laudo en mate..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 152. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 152 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 152 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
¿Este artículo es de aplicación directa?
¿Las reformas a este artículo son retroactivas?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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