Artículo 21
“La presentación de las demandas o las promociones de término en forma electrónica a través de la Firma Electrónica, podrán enviarse hasta las veinticuatro horas del día de su vencimiento. Con independencia de lo anterior, los órganos jurisdiccionales de amparo podrán habilitar días y horas cuando lo estimen pertinente para el adecuado despacho de los asuntos.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Articulos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tiene dos reglas claras. Primero, si presentas una demanda de amparo o algún escrito por internet usando tu Firma Electrónica, puedes hacerlo hasta la medianoche del día en que se vence el plazo. Segundo, los juzgados de amparo pueden abrir en días u horas no hábiles si lo necesitan para trabajar en los casos pendientes.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un abogado tiene un plazo que vence un viernes para presentar una demanda de amparo. Puede redactarla y enviarla digitalmente con su Firma Electrónica a las 11:50 PM de ese mismo viernes, cumpliendo a tiempo.
- Ejemplo 2: Un ciudadano necesita presentar un escrito urgente en su juicio de amparo un sábado. El juzgado, usando la facultad del artículo 21, puede habilitar ese día para recibir el documento y evitar un perjuicio.
- Ejemplo 3: Un despacho jurídico tiene una carga alta de trabajo al final del día hábil. Gracias a este artículo, pueden organizarse para enviar sus promociones electrónicas durante la noche, sin presión de un horario de oficina.
Análisis jurídico
El artículo 21 establece un supuesto de hecho específico: la presentación de demandas o promociones mediante Firma Electrónica. La consecuencia jurídica es la ampliación del plazo material de presentación hasta las 24:00 horas del día de su vencimiento, lo que constituye una facilitación procesal en la era digital. La segunda parte confiere a los órganos jurisdiccionales una facultad discrecional para habilitar días y horas, buscando la eficiencia en el despacho de los asuntos. Esta norma debe interpretarse sistemáticamente con las reglas sobre cómputo de plazos y días hábiles de la misma ley.
Artículos relacionados
El artículo 5 de la misma Ley de Amparo Reglamentaria, que define los días y horas hábiles, es complementario al artículo 21, pues este último es una excepción a esa regla general. También se relaciona con el artículo 17 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada, que otorga validez jurídica a los documentos firmados digitalmente, fundamento técnico para la presentación electrónica mencionada en el artículo 21.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 21
El Artículo 21 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS regula una materia de orden público con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "La presentación de las demandas o las promociones de término en forma electrónica a través de la Firma Electrónica, podrán enviarse hasta las veinticuatro horas del día de su vencimiento."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
Las disposiciones sobre el juicio de amparo que contiene este artículo deben leerse de forma sistemática con la Ley de Amparo vigente. Los valores procesales que consagra —relatividad de la sentencia, definitividad, instancia de parte— determinan la procedencia y los efectos del juicio protector.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 21
En aplicación del Artículo 21, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "La presentación de las demandas o las promociones de término en forma electrónica a través de la Fir..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 21. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 21 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 21 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
¿Este artículo es de aplicación directa?
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