Artículo 242
“Artículo 242. En el caso del párrafo tercero del artículo 16 de esta Ley, a la parte que teniendo conocimiento del fallecimiento de la persona quejosa o de la persona tercera interesada no lo comunique al órgano jurisdiccional de amparo, se le impondrá multa de ciento quince a mil ciento cuarenta y cinco Unidades de Medida y Actualización. Artículo reformado DOF 13-03-2025”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Articulos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue modificado recientemente. La reforma publicada el 13 de marzo de 2025 actualizó su contenido legal. Para saber exactamente qué establece ahora el artículo 242, es necesario consultar el texto oficial de la ley con la reforma integrada.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un abogado prepara un amparo y necesita citar el artículo 242. Debe buscar la versión más reciente de la ley, publicada en el Diario Oficial después del 13 de marzo de 2025, para aplicar la norma correcta.
- Ejemplo 2: Un estudiante de derecho investiga para una tesis sobre el juicio de amparo. Al referirse al artículo 242, debe asegurarse de que su análisis se base en el texto reformado, no en el anterior.
- Ejemplo 3: Un juez federal resuelve un caso donde es relevante lo dispuesto en el artículo 242. Su sentencia debe fundamentarse en el nuevo texto de la ley, ya que la reforma es obligatoria.
Análisis jurídico
El artículo 242, reformado DOF 13-03-2025, implica una modificación legislativa formal. Su supuesto de hecho es la entrada en vigor de la reforma. La consecuencia jurídica es la derogación o sustitución del texto anterior, obligando a su aplicación en su nueva redacción. Para un análisis completo, se requiere la interpretación sistemática con el resto de la Ley de Amparo y la Constitución, evaluando el alcance del cambio en el procedimiento o las figuras jurídicas que regula dicho artículo.
Artículos relacionados
El artículo 1° de la misma Ley de Amparo Reglamentaria establece el objeto de la ley, por lo que cualquier reforma, como la del artículo 242, debe interpretarse en función de ese objetivo. También se relaciona con los artículos transitorios del decreto de reforma publicado el 13-03-2025, que indican cómo y cuándo se aplican los cambios. Además, está vinculado al artículo 107 constitucional, que es la base que esta ley reglamenta.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 242
El Artículo 242 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS regula una materia de orden público con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "En el caso del párrafo tercero del artículo 16 de esta Ley, a la parte que teniendo conocimiento del fallecimiento de la persona quejosa o de la persona tercera interesada no lo comunique al órgano jurisdiccional de amparo, se le impondrá multa de ciento quince a mil ciento cuarenta y cinco Unida...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
Las disposiciones sobre el juicio de amparo que contiene este artículo deben leerse de forma sistemática con la Ley de Amparo vigente. Los valores procesales que consagra —relatividad de la sentencia, definitividad, instancia de parte— determinan la procedencia y los efectos del juicio protector.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 242
En aplicación del Artículo 242, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "En el caso del párrafo tercero del artículo 16 de esta Ley, a la parte que teniendo conocimiento del..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 242. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 242 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 242 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
¿Este artículo es de aplicación directa?
¿Las reformas a este artículo son retroactivas?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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