Artículo 252
“Artículo 252. En el caso del párrafo tercero del artículo 68 de esta Ley, cuando se promueva una nulidad que sea declarada notoriamente improcedente se impondrá multa de setenta a seiscientos noventa Unidades de Medida y Actualización. Artículo reformado DOF 13-03-2025”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Articulos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue modificado recientemente. La publicación oficial de la reforma al artículo 252 se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2025. Para saber exactamente qué cambió, es necesario consultar el texto oficial de la reforma, ya que este anuncio solo indica que hubo una actualización.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un abogado prepara un amparo y necesita usar el procedimiento correcto. Al revisar el artículo 252, se da cuenta de que fue reformado y debe buscar el texto actualizado para no cometer un error que perjudique a su cliente.
- Ejemplo 2: Un estudiante de derecho investiga para su tesis sobre el juicio de amparo. Encuentra referencias al artículo 252 en libros, pero debe verificar en el DOF si está consultando la versión vigente después de marzo de 2025 o una anterior.
- Ejemplo 3: Un ciudadano que litiga por su cuenta lee en un foro sobre el artículo 252 de la Ley de Amparo. Antes de basar su defensa en él, confirma en el sitio oficial del DOF que la información corresponde a la reforma publicada en 2025.
Análisis jurídico
El anuncio "Artículo reformado DOF 13-03-2025" constituye una disposición de orden público que informa sobre la modificación legislativa. Su supuesto de hecho es la existencia de una reforma legal publicada en la fecha indicada. La consecuencia jurídica es la obligación de todos (autoridades y particulares) de considerar el nuevo texto del artículo 252 como el único vigente a partir de su publicación. Para su correcta interpretación y aplicación, es imperativo realizar una consulta directa del decreto de reforma en el Diario Oficial de la Federación correspondiente a esa fecha, para conocer el alcance preciso de los cambios introducidos al articulado.
Artículos relacionados
El artículo 1° de la Ley de Amparo se relaciona, ya que establece el objeto de la ley, y cualquier reforma (como la del artículo 252) debe interpretarse en ese contexto. También el artículo 3° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, pues regula la publicación y entrada en vigor de las leyes federales, mecanismo usado para esta reforma. Finalmente, las Disposiciones Transitorias del decreto de reforma publicado el 13-03-2025 son esenciales para determinar desde cuándo y cómo se aplica el nuevo artículo 252.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 252
El Artículo 252 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS regula una materia de orden público con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "En el caso del párrafo tercero del artículo 68 de esta Ley, cuando se promueva una nulidad que sea declarada notoriamente improcedente se impondrá multa de setenta a seiscientos noventa Unidades de Medida y Actualización."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 252
En aplicación del Artículo 252, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "En el caso del párrafo tercero del artículo 68 de esta Ley, cuando se promueva una nulidad que sea d..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 252. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 252 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 252 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
¿Este artículo es de aplicación directa?
¿Las reformas a este artículo son retroactivas?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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