Artículo 4
“Párrafo reformado DOF 13-03-2025 La urgencia en los términos de este artículo se justificará cuando: I. Se trate de amparos promovidos para la defensa de grupos en situación de vulnerabilidad en los términos de la ley. Fracción reformada DOF 13-03-2025 II. Se trate del cumplimiento de decretos, resoluciones o actos de autoridad en materia de competencia económica, monopolios y libre concurrencia. III. Se trate de prevenir daños irreversibles al equilibrio ecológico. IV. En aquellos casos que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estime procedentes. Recibida la solicitud, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la someterá a consideración del Pleno, que resolverá de forma definitiva por mayoría simple. La resolución incluirá las providencias que resulten necesarias, las que se notificarán, cuando proceda, al Órgano de Administración Judicial. Párrafo reformado DOF 13-03-2025 Para la admisión, trámite y resolución de las solicitudes, así como las previsiones a que hace referencia este artículo, deberán observarse los acuerdos generales que al efecto emita la Suprema Corte de Justicia de la Nación. CAPÍTULO II Capacidad y Personería”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley de Amparo Reglamentaria explica cuándo un juicio de amparo puede tramitarse con urgencia. Es decir, cuándo la Suprema Corte puede acelerar el proceso para resolverlo más rápido. Esto aplica en casos graves como la defensa de grupos vulnerables, la protección del medio ambiente o para evitar daños irreparables en materia de competencia económica.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Una comunidad indígena que ve amenazado su territorio por un proyecto minero sin consulta puede pedir un amparo urgente para su defensa, al ser un grupo en situación de vulnerabilidad.
- Ejemplo 2: Si la autoridad ordena desmantelar un monopolio que sube precios de medicinas, la empresa afectada podría pedir un amparo, pero el caso podría tramitarse con urgencia para proteger la libre competencia.
- Ejemplo 3: Una organización ambientalista promueve un amparo para detener la tala ilegal en un bosque protegido, argumentando que se causará un daño irreversible al equilibrio ecológico, solicitando trámite urgente.
Análisis jurídico
El artículo 4 establece los supuestos de hecho que justifican la declaratoria de urgencia en un juicio de amparo. La consecuencia jurídica es la activación de un procedimiento acelerado, sometido a consideración del Pleno de la SCJN por la Presidencia. La resolución, adoptada por mayoría simple, incluye las providencias necesarias. La reforma de 2025 refuerza la protección de grupos vulnerables y centraliza en el Pleno la decisión definitiva sobre la urgencia, sujetándose a acuerdos generales de la Corte para su operación.
Artículos relacionados
Este artículo se vincula con el artículo 1 de la misma Ley de Amparo, que define el objeto del juicio de amparo. También se relaciona con el artículo 107 constitucional, que establece las bases del procedimiento y las materias de competencia. Además, conecta con la Ley Federal de Competencia Económica para los casos de urgencia en esa materia específica.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 4
El Artículo 4 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS impone obligaciones al Estado con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "La urgencia en los términos de este artículo se justificará cuando: I."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
Las disposiciones sobre el juicio de amparo que contiene este artículo deben leerse de forma sistemática con la Ley de Amparo vigente. Los valores procesales que consagra —relatividad de la sentencia, definitividad, instancia de parte— determinan la procedencia y los efectos del juicio protector.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Controversia Constitucional ante la SCJN para resolver conflictos competenciales entre poderes u órdenes de gobierno (plazo 30 días desde el conocimiento del acto). Esta vía es exclusiva para los poderes, órganos o entes públicos señalados en el artículo 105 fracción I constitucional.
💡 Caso Práctico — Artículo 4
En aplicación del Artículo 4, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "La urgencia en los términos de este artículo se justificará cuando: I..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 4. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 4 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 4 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
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