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📜 Texto OficialLEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

Las personas Titulares deberán procurar adoptar medidas preventivas a fin de evitar conductas de hostigamiento laboral y acoso sexual, así como otras formas de violencia sexual y de género en los órganos jurisdiccionales a su cargo. La unidad especializada en la prevención y el combate al acoso sexual podrá sugerir la adopción de medidas preventivas para combatir el acoso sexual, hostigamiento sexual o cualquier otro tipo de violencia sexual o de género o en virtud de conductas de violencia laboral estrechamente relacionadas con violencia sexual o de género.

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

El artículo 60 de la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación le ordena a los jefes y jefas de juzgados y tribunales federales que deben actuar para prevenir el acoso y la violencia. Su trabajo es crear un ambiente de trabajo seguro, evitando el hostigamiento laboral, el acoso sexual y cualquier violencia por razones de género. Además, una unidad especializada puede sugerirles medidas concretas para lograrlo.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Si eres un secretario de acuerdos y un magistrado hace comentarios incómodos sobre tu apariencia, tu jefe inmediato (el titular) tiene la obligación de haber establecido políticas para prevenir y atender tu caso.
  • Ejemplo 2: Si una jueza observa que en su tribunal un actuario está siendo aislado y menospreciado por sus compañeros (hostigamiento laboral), debe tomar medidas para corregir esa conducta y proteger a la persona afectada.
  • Ejemplo 3: Si la unidad especializada detecta que en cierta área hay riesgos de acoso, puede sugerir al titular de ese juzgado que implemente talleres de sensibilización o revise sus protocolos internos de denuncia.

Análisis jurídico

El artículo 60 establece una obligación de medio ("procurar adoptar") dirigida a las personas Titulares de órganos jurisdiccionales. El supuesto de hecho es la responsabilidad de dirección. La consecuencia jurídica es el deber de implementar medidas preventivas contra conductas de hostigamiento laboral, acoso sexual y otras violencias de género. La norma opera en dos niveles: la obligación general del titular y la facultad de la unidad especializada para sugerir medidas específicas, creando un mecanismo de prevención dual. Su interpretación debe ser sistemática con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Artículos relacionados

Dentro de la misma Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación, el artículo 61 se relaciona directamente, pues establece las sanciones por incurrir en las conductas que el artículo 60 busca prevenir. También se vincula con el artículo 1 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, que establece el principio rector de eliminar la discriminación y la violencia por razón de género, principio que este artículo 60 operativiza en el ámbito judicial.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 60

El Artículo 60 de la LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Las personas Titulares deberán procurar adoptar medidas preventivas a fin de evitar conductas de hostigamiento laboral y acoso sexual, así como otras formas de violencia sexual y de género en los órganos jurisdiccionales a su cargo."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 60

En aplicación del Artículo 60, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Las personas Titulares deberán procurar adoptar medidas preventivas a fin de evitar conductas de hos..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.

La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 60.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 60" + "LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICI".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 60 de la LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 60 de la LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN?
El Artículo 60 de la LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia civil. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
Los plazos varían según el tipo de acción civil: 10 años para acciones reales sobre inmuebles, 5 años para acciones personales, y 2 años para responsabilidad civil extracontractual. Consulte los Arts. 1159-1164 del Código Civil.
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
Depende del acto jurídico. Los actos que involucren inmuebles, poderes generales, constitución de sociedades y testamentos generalmente requieren escritura pública ante notario.
¿Este artículo aplica en todo México?
El Código Civil Federal aplica en el ámbito federal y como supletorio. Cada estado tiene su propio Código Civil que puede variar. Verifique la legislación de su estado.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 60. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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