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📜 Texto OficialLEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026

La realización del estudio referido en el párrafo anterior será responsabilidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y deberá ser entregado a las comisiones de Hacienda y Crédito Público de las Cámaras de Diputados y de Senadores, así como a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, y publicado en la página de Internet de dicha Secretaría, a más tardar el 30 de junio de 2026. Durante el ejercicio fiscal de 2026, para efectos de la presentación del estudio de ingreso-gasto a que se refiere el artículo 31 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, dicho estudio deberá presentarse a más tardar el 30 de junio de dicho año.

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

Este artículo de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026 establece dos plazos. Primero, la Secretaría de Hacienda debe entregar y publicar un estudio específico antes del 30 de junio de 2026. Segundo, durante el 2026, un estudio sobre ingresos y gastos para el SAT también debe presentarse antes de esa misma fecha. Es una regla de calendario para que el gobierno presente informes a tiempo.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Eres periodista o investigador y quieres analizar las finanzas públicas. Gracias a este artículo 26, sabes que a más tardar el 30 de junio de 2026 podrás consultar un estudio oficial en la página de Hacienda, porque la ley obliga a su publicación.
  • Ejemplo 2: Trabajas en una organización civil que vigila el gasto público. Este artículo te da una fecha clave (30 de junio de 2026) para exigir y revisar la información que la SHCP debe entregar a los diputados y senadores, promoviendo la transparencia.
  • Ejemplo 3: Eres un contribuyente que desea entender cómo se planea recaudar y gastar. La ley fija un plazo para que exista un estudio oficial, lo que permite un debate público informado sobre el presupuesto antes de que avance el año.

Análisis jurídico

El artículo 26 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026 establece un supuesto de hecho normativo: la existencia de un estudio referido en el párrafo anterior. La consecuencia jurídica es una obligación de hacer a cargo de la SHCP, con elementos temporales y formales precisos. Debe entregar el estudio a comisiones legislativas específicas y publicarlo en su portal, con fecha límite del 30 de junio de 2026. Paralelamente, establece un plazo análogo para la presentación del estudio de ingreso-gasto ante la autoridad tributaria, coordinando plazos entre dos obligaciones de información distintas pero temporalmente coincidentes.

Artículos relacionados

Este artículo 26 está directamente vinculado con el artículo 31 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, ya que establece el plazo específico para presentar el estudio de ingreso-gasto que aquel ordena. También se relaciona con el artículo anterior (25) de la misma Ley de Ingresos, pues el estudio que se menciona es el "referido en el párrafo anterior", completando así su régimen jurídico. Su cumplimiento impacta en el trabajo de las comisiones de Hacienda y Presupuesto del Congreso.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 26

El Artículo 26 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026 impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "La realización del estudio referido en el párrafo anterior será responsabilidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y deberá ser entregado a las comisiones de Hacienda y Crédito Público de las Cámaras de Diputados y de Senadores, así como a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública d...."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

En materia fiscal, el precepto sirve de base para impugnar disposiciones tributarias que resulten desproporcionales, inequitativas o discriminatorias. El SAT, el TFJA y los Juzgados de Distrito son las instancias que conocen estas controversias.

La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Secuencia: (1) Recurso de Revocación ante el SAT (plazo 30 días); (2) Juicio Contencioso Administrativo ante el TFJA (plazo 30 días desde la resolución); (3) Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado contra la sentencia del TFJA.
  • Acción de Inconstitucionalidad ante la SCJN (plazo 30 días desde la publicación de la norma en el DOF, legitimación restringida a minorías parlamentarias, PGR y equivalentes). Para particulares afectados por normas inconstitucionales, el amparo indirecto en su modalidad de amparo contra leyes es el medio idóneo.

💡 Caso Práctico — Artículo 26

El SAT emite una disposición reglamentaria que establece una tasa de retención diferenciada para pequeños contribuyentes con respecto a los grandes, sin que exista una justificación objetiva y razonable. Una empresa afectada puede impugnar la norma mediante amparo indirecto contra leyes fiscales, argumentando que viola el principio de equidad tributaria derivado del Artículo 26. El Poder Judicial Federal está obligado a realizar el escrutinio de proporcionalidad y, si la norma no lo supera, declarar su inaplicación para el caso concreto.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 26.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 26" + "LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL".
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🧮 Calculadoras Relacionadas

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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 26 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 26 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026?
El Artículo 26 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026 establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia fiscal. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación fiscal?
El SAT puede imponer multas, recargos y actualizaciones. En casos graves, puede configurarse el delito de defraudación fiscal (Arts. 108-109 CFF).
¿Puedo impugnar una resolución basada en este artículo?
Sí, puede interponer recurso de revocación ante el SAT (45 días) o juicio contencioso administrativo ante el TFJA (30 días). También el juicio de amparo.
¿Puedo pagar en parcialidades?
Sí, el SAT permite convenios de pago en parcialidades (hasta 36 meses) o pago diferido. Se causan recargos por financiamiento.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 26. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

📄 Plantillas Relacionadas

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