Artículo 1
“Los socios convendrán libremente sobre las modalidades de sus actividades, para cumplir las finalidades de la sociedad.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
El artículo 1 de la Ley de Sociedades de Solidaridad Social establece que los miembros de este tipo de sociedad tienen total libertad para organizar cómo van a trabajar juntos. Pueden acordar sus propias reglas internas, definir sus actividades y decidir cómo operar, siempre y cuando todo se haga para alcanzar los objetivos comunes de la sociedad. Es como un acuerdo de caballeros donde la ley les da la confianza para estructurar su proyecto como mejor les convenga.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un grupo de artesanas de un pueblo quiere formalizarse para vender sus textiles. Este artículo les permite decidir si trabajarán por pedidos colectivos, si rotarán la presidencia o si destinarán un porcentaje de las ganancias a un fondo comunitario.
- Ejemplo 2: Varios ejidatarios forman una sociedad para comercializar su aguacate. Gracias a este artículo, pueden pactar libremente si las decisiones se toman por mayoría, si contratan a un gerente externo o cómo repartirán las utilidades después de cubrir gastos de mejora del cultivo.
- Ejemplo 3: Vecinos de una colonia se unen para instalar paneles solares y reducir costos de luz. Este artículo les da la base para acordar si todos aportan la misma cantidad, cómo se mantendrá el sistema y qué pasa si un socio quiere retirarse.
Análisis jurídico
El artículo 1 consagra el principio de autonomía de la voluntad dentro del marco de la Ley de Sociedades de Solidaridad Social. El supuesto de hecho es la constitución de una sociedad bajo este régimen. La consecuencia jurídica es la plena capacidad de los socios para autorregular, mediante pactos sociales libres, las modalidades de sus actividades económicas. Esta libertad no es absoluta, pues está limitada teleológicamente por el cumplimiento de las finalidades sociales previstas en la ley, como el beneficio común y el desarrollo de la comunidad. Es la norma que dota de flexibilidad al modelo, permitiendo su adaptación a diversas realidades productivas.
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El artículo 6 de la misma Ley de Sociedades de Solidaridad Social, que define las finalidades de estas sociedades, es clave porque la libertad del artículo 1 debe ejercerse para cumplir esos objetivos de beneficio común. También se relaciona con el artículo 46 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, que establece el principio de autonomía de la voluntad en los contratos, principio que este artículo 1 traslada al ámbito específico de las sociedades solidarias. Finalmente, el artículo 3 de esta ley, que habla de los sectores de actividad, delimita el campo donde pueden aplicarse los acuerdos libres de los socios.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 1
El Artículo 1 de la LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "Los socios convendrán libremente sobre las modalidades de sus actividades, para cumplir las finalidades de la sociedad."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 1
En aplicación del Artículo 1, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Los socios convendrán libremente sobre las modalidades de sus actividades, para cumplir las finalida..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 1.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 1 de la LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 1 de la LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Dónde se presentan demandas mercantiles?
¿Los plazos de prescripción mercantil son iguales a los civiles?
¿Puedo usar medios electrónicos en actos mercantiles?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
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