Artículo 89
“Párrafo reformado DOF 18-11-2015 I. El monto de los intereses nominales y reales devengados por el fondo a favor de cada uno de sus accionistas durante el ejercicio. Fracción reformada DOF 18-11-2015 II. El monto de las retenciones que le corresponda acreditar al integrante que se trate, en los términos del artículo 87 de esta Ley y, en su caso, el monto de la pérdida deducible en los términos del artículo 88 de la misma. Los fondos de inversión a que se refiere este artículo, a través de sus operadores, administradores o distribuidores, según se trate, deberán informar al Servicio de Administración Tributaria, a más tardar el 15 de febrero de cada año, los datos contenidos en las constancias, así como el saldo promedio mensual de las inversiones en el fondo en cada uno de los meses del ejercicio, por cada una de las personas a quienes se les emitieron, y la demás información que se establezca en la forma que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria y serán responsables solidarios por las omisiones en el pago de impuestos en que pudieran incurrir los integrantes o accionistas de dichos fondos, cuando la información contenida en las constancias sea incorrecta o incompleta. Párrafo reformado DOF 18-11-2015 TÍTULO IV DE LAS PERSONAS FÍSICAS DISPOSICIONES GENERALES”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley del Impuesto sobre la Renta obliga a los fondos de inversión a informarte y al SAT dos cosas clave: cuánto ganaste en intereses durante el año y cuánto impuesto ya te retuvieron. Además, el fondo debe reportar al SAT tu actividad detallada cada febrero. Si el fondo da información incorrecta y por eso tú pagas menos impuestos, el fondo responde solidariamente contigo ante el fisco.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Inviertes en un fondo de deuda. Al final del año, el fondo te envía una constancia con el detalle de tus rendimientos y las retenciones, información que también envía al SAT para que tú declares correctamente.
- Ejemplo 2: Al hacer tu declaración anual, usas la constancia del fondo para reportar tus ganancias. Si el fondo cometió un error y reportó menos de lo que ganaste, el SAT puede requerirte a ti y al fondo el pago omitido.
- Ejemplo 3: El SAT cruza la información que tú declaraste con la que el fondo reportó. Si hay discrepancia, inicia un procedimiento de revisión donde tanto tú como el administrador del fondo pueden ser responsables.
Análisis jurídico
El artículo 89 establece la obligación de información de los fondos de inversión. El supuesto de hecho es ser un fondo regulado por esta ley. La consecuencia jurídica es doble: primero, la obligación de emitir constancias a los accionistas e informar al SAT antes del 15 de febrero; segundo, la responsabilidad solidaria por omisiones en el pago de impuestos derivadas de información incorrecta. Se vincula sistemáticamente con los artículos 87 (acreditamiento de retenciones) y 88 (pérdida deducible), cuyos montos debe precisar la constancia.
Artículos relacionados
Este artículo se conecta directamente con el artículo 87 de la misma Ley del Impuesto sobre la Renta, que regula el acreditamiento de las retenciones, y con el artículo 88, que trata sobre la pérdida deducible para los integrantes del fondo. También se relaciona con las disposiciones generales sobre responsabilidad solidaria en el Código Fiscal de la Federación, que aplican al fondo por la información que proporcione.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 89
El Artículo 89 de la LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "El monto de los intereses nominales y reales devengados por el fondo a favor de cada uno de sus accionistas durante el ejercicio."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En materia fiscal, el precepto sirve de base para impugnar disposiciones tributarias que resulten desproporcionales, inequitativas o discriminatorias. El SAT, el TFJA y los Juzgados de Distrito son las instancias que conocen estas controversias.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Secuencia: (1) Recurso de Revocación ante el SAT (plazo 30 días); (2) Juicio Contencioso Administrativo ante el TFJA (plazo 30 días desde la resolución); (3) Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado contra la sentencia del TFJA.
💡 Caso Práctico — Artículo 89
El SAT emite una disposición reglamentaria que establece una tasa de retención diferenciada para pequeños contribuyentes con respecto a los grandes, sin que exista una justificación objetiva y razonable. Una empresa afectada puede impugnar la norma mediante amparo indirecto contra leyes fiscales, argumentando que viola el principio de equidad tributaria derivado del Artículo 89. El Poder Judicial Federal está obligado a realizar el escrutinio de proporcionalidad y, si la norma no lo supera, declarar su inaplicación para el caso concreto.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 89.
🧮 Calculadoras Relacionadas
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 89 de la LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 89 de la LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación fiscal?
¿Puedo impugnar una resolución basada en este artículo?
¿Puedo pagar en parcialidades?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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