Artículo 202
“Artículo 202. La Secretaría de origen, al recibir la notificación a que se refiere el artículo anterior, girará las órdenes de baja en el activo y alta en situación de retiro del militar, cuando así proceda.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
El artículo 202 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas no contiene texto en la información proporcionada. Esto significa que, para conocer su contenido específico, es necesario consultar directamente el texto oficial de la ley. Podría tratarse de un artículo que fue derogado, un espacio reservado o un artículo transitorio cuya vigencia ya expiró.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un militar en activo busca conocer sus derechos de pensión y al revisar la ley se encuentra con que el artículo 202 está vacío, por lo que debe acudir a otras secciones de la norma o solicitar asesoría oficial para aclarar su duda.
- Ejemplo 2: Un familiar de un beneficiario del ISS FAM intenta entender un trámite y una guía en línea referencia el artículo 202, pero al buscarlo no encuentra disposiciones aplicables, generando confusión sobre el procedimiento correcto.
- Ejemplo 3: Un estudiante o investigador que está analizando la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas identifica que el artículo 202 carece de contenido, lo que forma parte de sus notas sobre la estructura y posibles modificaciones de la ley.
Análisis jurídico
La ausencia de contenido normativo en un artículo numerado dentro de un ordenamiento legal, como el artículo 202 de la Ley del ISS FAM, presenta un caso de laguna o vacío en la estructura formal de la ley. Esto puede deberse a una derogación expresa donde se eliminó el texto pero se mantuvo la numeración, o a un error de publicación. Jurídicamente, no genera derechos u obligaciones al no existir un supuesto de hecho ni una consecuencia jurídica regulada. Su interpretación debe ser sistemática, remitiéndose al contexto general de la ley y a los principios que la rigen, sin poder inferir disposiciones de un artículo sin texto.
Artículos relacionados
Para comprender el contexto del artículo 202, es fundamental consultar los artículos que lo preceden y suceden en la misma Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Asimismo, el artículo 1o de dicha ley, que establece su objeto, es clave para interpretar cualquier disposición. También puede ser útil revisar la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales, ya que establece el marco general de derechos y obligaciones del personal militar.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 202
El Artículo 202 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "La Secretaría de origen, al recibir la notificación a que se refiere el artículo anterior, girará las órdenes de baja en el activo y alta en situación de retiro del militar, cuando así proceda."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 202
En aplicación del Artículo 202, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "La Secretaría de origen, al recibir la notificación a que se refiere el artículo anterior, girará la..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 202.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 202 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 202 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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¿Este artículo aplica en todo México?
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