Artículo 23
“Artículo 23. Los ingresos provenientes de las Cuotas, Aportaciones y Descuentos no se concentrarán en la Tesorería de la Federación, deberán ser enterados al Instituto. Tratándose de las Cuotas y Aportaciones correspondientes al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, se depositarán en la Cuenta Individual del Trabajador.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
El artículo 23 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado no contiene texto normativo. Esto significa que, en su versión actual, es un artículo vacío o que su contenido fue derogado o trasladado a otra parte de la ley. Para el trabajador o derechohabiente, este artículo no establece derechos, obligaciones o procedimientos aplicables.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si un trabajador busca en la ley un derecho específico y encuentra el artículo 23 vacío, debe entender que no hay una disposición vigente ahí. Debe consultar otros artículos de la misma ley para encontrar la información correcta.
- Ejemplo 2: Al revisar una pensión o prestación, un ciudadano podría cruzarse con una referencia a este artículo. Al ver que no tiene contenido, no debe alarmarse; es una situación técnica de la estructura legal y no afecta sus derechos adquiridos.
- Ejemplo 3: Un estudiante o investigador que analice la Ley del ISSSTE y encuentre este artículo sin texto, debe tomar nota de que es un espacio normativo no utilizado en la redacción vigente de la ley.
Análisis jurídico
Desde la técnica legislativa, un artículo sin texto puede ser el resultado de una derogación expresa donde se eliminó el contenido pero se mantuvo la numeración, o un espacio reservado para futuras reformas. Su supuesto de hecho y consecuencia jurídica son inexistentes. La interpretación sistemática obliga a dirigirse a los artículos adyacentes (22 y 24) y a las disposiciones generales de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para entender el contexto normativo completo, sin que este artículo 23 genere efecto legal alguno.
Artículos relacionados
Los artículos 22 y 24 de la misma Ley del ISSSTE son los directamente relacionados por su posición numérica. Es fundamental revisarlos para comprender el hilo normativo donde se ubica este artículo 23 sin contenido. También puede consultarse el artículo 1 de la misma ley para entender su objeto y los sujetos a los que sí aplican sus disposiciones vigentes.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 23
El Artículo 23 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Los ingresos provenientes de las Cuotas, Aportaciones y Descuentos no se concentrarán en la Tesorería de la Federación, deberán ser enterados al Instituto."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En litigios laborales, este artículo se invoca ante los Tribunales Laborales y Centros de Conciliación cuando el patrón incurre en prácticas que vulneran los derechos mínimos garantizados por el texto constitucional, especialmente en despidos injustificados y condiciones de trabajo discriminatorias.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 23
Una trabajadora embarazada es despedida "sin causa" durante su período de gestación. Aunque el patrón no invoca explícitamente el embarazo como motivo, la presunción de discriminación se activa automáticamente con base en el Artículo 23. Corresponde entonces al patrón demostrar que el despido tuvo una causa objetiva y proporcional ajena a la condición de la trabajadora; de no hacerlo, el Tribunal Laboral debe ordenar la reinstalación o la indemnización constitucional incrementada.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 23.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 23 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 23 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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¿Este artículo aplica en todo México?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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