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📜 Texto OficialLEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

Artículo 22.- La persona titular de la Dirección General será nombrada por la persona titular de la Presidencia de la República y deberá actuar en su representación. Para ocupar dicho cargo, se requiere ser persona mexicana por nacimiento, de reconocida honorabilidad y experiencia técnica y administrativa. Artículo reformado DOF 21-02-2025

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

Este artículo fue modificado recientemente, en febrero de 2025. La Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores se actualiza periódicamente. El artículo 22 reformado refleja un cambio legal, pero para saber exactamente qué regula ahora, es necesario consultar el texto oficial publicado en el Diario Oficial de la Federación en esa fecha.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Un trabajador que busca información sobre sus derechos de vivienda en el INFONAVIT y encuentra que el artículo 22 ha cambiado. Debe buscar la versión actualizada para entender las nuevas reglas que le aplican.
  • Ejemplo 2: Un patrón que está revisando sus obligaciones para calcular los aportes al INFONAVIT de sus empleados. Necesita verificar el texto vigente del artículo 22 tras la reforma para realizar los cálculos correctamente.
  • Ejemplo 3: Un asesor crediticio que ayuda a alguien a obtener un crédito INFONAVIT. Para dar información precisa, debe basarse en el contenido actual del artículo 22 de la ley, no en versiones anteriores.

Análisis jurídico

El artículo 22 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ha sido objeto de una reforma publicada en el DOF el 21-02-2025. Esto constituye un supuesto de hecho normativo: la entrada en vigor de una modificación legislativa. La consecuencia jurídica inmediata es la derogación de la redacción anterior y la obligatoriedad de la nueva. Para un análisis completo, es imperativo realizar una interpretación sistemática contrastando el nuevo texto con el resto de la ley y con la Ley Federal del Trabajo, para determinar el alcance del cambio en materias como aportaciones, cálculo de créditos o requisitos.

Artículos relacionados

El artículo 22 se relaciona directamente con el artículo 23 de la misma ley, que suele detallar los montos o porcentajes de las aportaciones, por lo que una reforma al 22 puede impactar su aplicación. También está vinculado con el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, que establece la obligación patronal de registrar a los trabajadores ante el INFONAVIT, siendo el artículo 22 de la Ley del INFONAVIT el que define parte del contenido de esa obligación.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 22

El Artículo 22 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "- La persona titular de la Dirección General será nombrada por la persona titular de la Presidencia de la República y deberá actuar en su representación."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 22

En aplicación del Artículo 22, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "- La persona titular de la Dirección General será nombrada por la persona titular de la Presidencia ..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.

La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 22.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 22" + "LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE ".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 22 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 22 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES?
El Artículo 22 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia civil. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
Los plazos varían según el tipo de acción civil: 10 años para acciones reales sobre inmuebles, 5 años para acciones personales, y 2 años para responsabilidad civil extracontractual. Consulte los Arts. 1159-1164 del Código Civil.
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
Depende del acto jurídico. Los actos que involucren inmuebles, poderes generales, constitución de sociedades y testamentos generalmente requieren escritura pública ante notario.
¿Este artículo aplica en todo México?
El Código Civil Federal aplica en el ámbito federal y como supletorio. Cada estado tiene su propio Código Civil que puede variar. Verifique la legislación de su estado.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 22. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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