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📜 Texto OficialLEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Para el ejercicio de las atribuciones legales y reglamentarias de la Subsecretaría en materia de inteligencia, contará con agentes analistas, investigadores de gabinete y de campo, así como con especialistas técnicos capacitados y certificados en los términos previstos en esta Ley y en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Estas personas servidoras públicas se coordinarán con el personal del CNI, de la Fiscalía General de la República y de la Guardia Nacional que desarrollen funciones homólogas en investigación e inteligencia, para la ejecución de las decisiones que tomen los órganos del Sistema Nacional en el ámbito de sus respectivas competencias. Cuando existan elementos suficientes para ello, los agentes analistas, investigadores de gabinete y de campo, así como especialistas técnicos, pondrán a disposición del Ministerio Público la información obtenida, con la finalidad de que éste último la analice y determine la pertinencia de su integración a las carpetas de investigación. TÍTULO QUINTO DEL CENTRO NACIONAL DE INTELIGENCIA Y SUS GRUPOS DE TRABAJO Capítulo I Del Centro Nacional de Inteligencia

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

Este artículo 17 de la Ley del Sistema Nacional de Investigacion E Inteligencia en Materia de Seguridad Publica establece que la Subsecretaría de Inteligencia trabajará con personal especializado: analistas, investigadores de escritorio y de campo, y técnicos. Estas personas deben estar capacitadas y certificadas. Su trabajo es coordinarse con otras instituciones como el CNI, la FGR y la Guardia Nacional, y cuando encuentren información relevante para un posible delito, deben entregarla al Ministerio Público para que éste decida si la usa en una investigación formal.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Si las autoridades detectan, mediante análisis de comunicaciones, una red de extorsión, los analistas del artículo 17 recopilan y procesan esos datos para luego pasarlos a un fiscal, quien decide si inicia un caso penal.
  • Ejemplo 2: Ante una serie de robos de hidrocarbulo, investigadores de campo recaban evidencia física y testimonios. Según este artículo, ese material se comparte con la Guardia Nacional y luego se entrega al MP para integrar la investigación.
  • Ejemplo 3: Para desarticular un grupo delictivo, especialistas técnicos analizan su estructura financiera. La información obtenida bajo este artículo 17 se pone a disposición del Ministerio Público para que valore si constituye un delito como lavado de dinero.

Análisis jurídico

El artículo 17 de la Ley del Sistema Nacional de Investigacion E Inteligencia en Materia de Seguridad Publica regula dos aspectos clave. Primero, define el personal operativo de la Subsecretaría (agentes analistas, investigadores y especialistas técnicos), imponiendo el requisito de capacitación y certificación conforme a esta ley y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Segundo, establece un mecanismo de coordinación obligatoria con el CNI, la FGR y la Guardia Nacional para ejecutar decisiones del Sistema. Además, crea un puente procesal hacia el Ministerio Público, obligando a remitirle información cuando existan elementos suficientes, reservando al MP la facultad discrecional de integrarla o no a una carpeta de investigación, lo que delimita las funciones de inteligencia de las propiamente persecutorias.

Artículos relacionados

Este artículo 17 se vincula directamente con el artículo 3, fracción VI de la misma ley, que define a la "Subsecretaría" como la responsable de la inteligencia en seguridad p��blica. También se relaciona con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que establece el marco general de certificación y coordinación al que se sujeta el personal. Finalmente, su segunda párrafo conecta con el Código Nacional de Procedimientos Penales, que regula las facultades y obligaciones del Ministerio Público al recibir y analizar información para integrar investigaciones.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 17

El Artículo 17 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA delimita competencias entre poderes y órdenes de gobierno. Su texto inicia estableciendo: "Para el ejercicio de las atribuciones legales y reglamentarias de la Subsecretaría en materia de inteligencia, contará con agentes analistas, investigadores de gabinete y de campo, así como con especialistas técnicos capacitados y certificados en los términos previstos en esta Ley y en la Ley Gen...."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

En materia fiscal, el precepto sirve de base para impugnar disposiciones tributarias que resulten desproporcionales, inequitativas o discriminatorias. El SAT, el TFJA y los Juzgados de Distrito son las instancias que conocen estas controversias.

En litigios laborales, este artículo se invoca ante los Tribunales Laborales y Centros de Conciliación cuando el patrón incurre en prácticas que vulneran los derechos mínimos garantizados por el texto constitucional, especialmente en despidos injustificados y condiciones de trabajo discriminatorias.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Secuencia: (1) Recurso de Revocación ante el SAT (plazo 30 días); (2) Juicio Contencioso Administrativo ante el TFJA (plazo 30 días desde la resolución); (3) Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado contra la sentencia del TFJA.
  • Controversia Constitucional ante la SCJN para resolver conflictos competenciales entre poderes u órdenes de gobierno (plazo 30 días desde el conocimiento del acto). Esta vía es exclusiva para los poderes, órganos o entes públicos señalados en el artículo 105 fracción I constitucional.

💡 Caso Práctico — Artículo 17

El SAT emite una disposición reglamentaria que establece una tasa de retención diferenciada para pequeños contribuyentes con respecto a los grandes, sin que exista una justificación objetiva y razonable. Una empresa afectada puede impugnar la norma mediante amparo indirecto contra leyes fiscales, argumentando que viola el principio de equidad tributaria derivado del Artículo 17. El Poder Judicial Federal está obligado a realizar el escrutinio de proporcionalidad y, si la norma no lo supera, declarar su inaplicación para el caso concreto.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 17.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 17" + "LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓ".
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🧮 Calculadoras Relacionadas

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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 17 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 17 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA?
El Artículo 17 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia civil. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
Los plazos varían según el tipo de acción civil: 10 años para acciones reales sobre inmuebles, 5 años para acciones personales, y 2 años para responsabilidad civil extracontractual. Consulte los Arts. 1159-1164 del Código Civil.
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
Depende del acto jurídico. Los actos que involucren inmuebles, poderes generales, constitución de sociedades y testamentos generalmente requieren escritura pública ante notario.
¿Este artículo aplica en todo México?
El Código Civil Federal aplica en el ámbito federal y como supletorio. Cada estado tiene su propio Código Civil que puede variar. Verifique la legislación de su estado.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 17. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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