Artículo 50
“La información y los datos de prueba que se generen como consecuencia directa o indirecta de la operación de la Plataforma, deberán obtenerse, tratarse y ajustarse a las disposiciones previstas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, así como en el Código Nacional de Procedimientos Penales. En lo no previsto en la presente Ley y que resulte aplicable, serán supletorias de la misma, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley de Seguridad Nacional.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley del Sistema Nacional de Investigacion E Inteligencia en Materia de Seguridad Publica establece que toda la información que se obtenga usando la Plataforma de inteligencia del gobierno debe manejarse con cuidado y respetando la ley. Esto significa que se deben seguir las reglas sobre transparencia y, sobre todo, proteger los datos personales de las personas. Si algo no está detallado en esta ley, se aplican otras leyes de seguridad nacional y pública.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si las autoridades analizan comunicaciones para prevenir un delito, la información sobre personas no involucradas debe protegerse y no puede ser divulgada públicamente, según las leyes de protección de datos.
- Ejemplo 2: Un ciudadano solicita, por transparencia, saber cómo se usa la Plataforma. La autoridad debe responder, pero sin revelar datos personales de terceros o métodos de investigación reservados.
- Ejemplo 3: Si se recopilan datos de cámaras de vigilancia mediante esta Plataforma para una investigación, su uso como prueba en un juicio debe ajustarse a las reglas del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Análisis jurídico
El artículo 50 establece el régimen jurídico aplicable al tratamiento de la información generada por la Plataforma del Sistema Nacional de Inteligencia. Su supuesto de hecho es la generación de información (directa o indirecta). La consecuencia jurídica es la sujeción obligatoria a un marco normativo específico: leyes de transparencia, protección de datos personales (para sujetos obligados y particulares) y el código procesal penal. Opera una interpretación sistemática, designando leyes supletorias (Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y Ley de Seguridad Nacional) para lagunas, asegurando que la actividad de inteligencia no opere en un vacío legal.
Artículos relacionados
El artículo 49 de la misma ley, que define los objetivos de la Plataforma, es directo antecedente de lo regulado en el artículo 50. También se relaciona con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que establece los principios y obligaciones concretos para el tratamiento de datos por parte de autoridades, aplicables a la información de la Plataforma según este artículo 50.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 50
El Artículo 50 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "La información y los datos de prueba que se generen como consecuencia directa o indirecta de la operación de la Plataforma, deberán obtenerse, tratarse y ajustarse a las disposiciones previstas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Dato...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En materia penal, este artículo es parámetro de control para evaluar la legalidad de actos de investigación, medidas cautelares y sentencias. Los Jueces de Control deben contrastarlo con el Código Nacional de Procedimientos Penales al resolver audiencias iniciales.
La garantía de propiedad es uno de los derechos más litigados en México. El artículo establece los presupuestos constitucionales de la expropiación (causa de utilidad pública e indemnización), cuya omisión habilita el juicio de amparo para obtener la restitución del bien o el pago íntegro del justiprecio.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Amparo Indirecto durante el proceso penal (contra actos del Ministerio Público o del Juez de Control) y Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado de Circuito contra la sentencia definitiva. En caso de violaciones graves a derechos durante la investigación, también procede la queja ante el órgano jurisdiccional competente.
💡 Caso Práctico — Artículo 50
Durante una audiencia inicial, el Ministerio Público presenta datos de prueba que fueron obtenidos mediante una diligencia realizada sin orden judicial. El imputado, a través de su defensor, plantea la exclusión de prueba ilícita con base en el Artículo 50: los derechos constitucionales actúan como regla de exclusión que invalida cualquier evidencia obtenida en su contravención.
Si el juez de control rechaza la exclusión, procede el amparo indirecto de inmediato (violación de reglas que trascienden al fallo), y la Suprema Corte ha sostenido que la admisión de prueba ilícita en juicio oral amerita la reposición del procedimiento.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 50.
🧮 Calculadoras Relacionadas
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 50 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 50 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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📄 Plantillas Relacionadas
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