Artículo 159
“Artículo 159.- En los conflictos en que sea parte un Tribunal Colegiado de Circuito, una Magistrada o Magistrado Colegiado de Apelación o una Jueza o Juez de Distrito y tengan que desahogar diligencias encomendadas por la Comisión de Conflictos Laborales del Poder Judicial de la Federación, actuarán como auxiliares de la misma con la intervención de una persona representante del Sindicato. La persona trabajadora afectada tendrá derecho a estar presente. Artículo reformado DOF 07-06-2021”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo fue modificado en junio de 2021. Para saber exactamente qué establece el artículo 159 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado B del Articulo 123 Constitucional, hay que consultar el texto oficial vigente después de esa fecha. La reforma pudo cambiar reglas sobre derechos, obligaciones o procedimientos para los trabajadores del gobierno.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un trabajador de una secretaría de gobierno necesita conocer sus derechos de antigüedad o ascenso, y al revisar la ley, ve que el artículo 159 fue reformado recientemente, por lo que debe buscar la versión actualizada.
- Ejemplo 2: Un sindicato de trabajadores al servicio del Estado prepara una negociación colectiva y debe analizar los artículos reformados, como el 159, para entender los cambios legales que afectan las condiciones de trabajo.
- Ejemplo 3: Un abogado defiende a un trabajador federal en un juicio laboral y debe argumentar con base en la ley vigente, citando correctamente el contenido del artículo 159 después de su reforma del 2021.
Análisis jurídico
La nota "Artículo reformado DOF 07-06-2021" indica una modificación legislativa publicada en el Diario Oficial de la Federación. El análisis técnico exige la comparación entre el texto anterior y el nuevo para identificar el alcance de la reforma. Se debe determinar el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica que fueron alterados. La interpretación sistemática requiere leer el artículo 159 en el contexto del Capítulo y Título al que pertenece dentro de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para comprender su interrelación con otras normas del mismo ordenamiento.
Artículos relacionados
El artículo 159 se relaciona directamente con el artículo 158 de la misma ley, que suele precederlo en la secuencia normativa. También es crucial consultar los artículos transitorios del decreto de reforma del 07-06-2021, para saber cuándo y cómo se aplican los cambios. Además, puede vincularse con disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en materia de principios procesales aplicables supletoriamente.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 159
El Artículo 159 de la LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL impone obligaciones al Estado con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "- En los conflictos en que sea parte un Tribunal Colegiado de Circuito, una Magistrada o Magistrado Colegiado de Apelación o una Jueza o Juez de Distrito y tengan que desahogar diligencias encomendadas por la Comisión de Conflictos Laborales del Poder Judicial de la Federación, actuarán como auxi...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En litigios laborales, este artículo se invoca ante los Tribunales Laborales y Centros de Conciliación cuando el patrón incurre en prácticas que vulneran los derechos mínimos garantizados por el texto constitucional, especialmente en despidos injustificados y condiciones de trabajo discriminatorias.
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 159
Una trabajadora embarazada es despedida "sin causa" durante su período de gestación. Aunque el patrón no invoca explícitamente el embarazo como motivo, la presunción de discriminación se activa automáticamente con base en el Artículo 159. Corresponde entonces al patrón demostrar que el despido tuvo una causa objetiva y proporcional ajena a la condición de la trabajadora; de no hacerlo, el Tribunal Laboral debe ordenar la reinstalación o la indemnización constitucional incrementada.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 159. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 159 de la LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 159 de la LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
¿Este artículo es de aplicación directa?
¿Las reformas a este artículo son retroactivas?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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