Artículo 265
“Cuando se haya suscrito y pagado la totalidad del capital social, la sociedad deberá publicar un aviso en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía en términos de lo dispuesto en el artículo 50 Bis del Código de Comercio. Artículo adicionado DOF 14-03-2016”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley General de Sociedades Mercantiles dice que, una vez que los socios han aportado todo el dinero que prometieron para formar la empresa, la sociedad tiene una última tarea obligatoria. Debe publicar un aviso en un sistema de internet de la Secretaría de Economía para informar a todo el público que su capital social está completo y pagado. Es un trámite de transparencia para dar formalidad a la conclusión de la integración del capital.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Tres amigos forman una S.A. de C.V. con un capital de $300,000. Después de depositar cada uno su parte en el banco, deben cumplir con el artículo 265 y publicar el aviso de que ya pagaron todo, antes de ocuparse solo de operar el negocio.
- Ejemplo 2: Una sociedad anónima que aumentó su capital en una asamblea y los accionistas ya pagaron las nuevas acciones. Para que ese aumento quede totalmente formalizado, la empresa debe hacer la publicación electrónica que exige este artículo.
- Ejemplo 3: Al constituir una empresa de responsabilidad limitada, los socios pagan el capital inicial en una sola exhibición. Tras hacerlo, el notario o el gestor les recordará que deben realizar la publicación del aviso en el sistema de la Secretaría de Economía para cumplir con la ley.
Análisis jurídico
El artículo 265 de la Ley General de Sociedades Mercantiles establece un supuesto de hecho claro: la suscripción y el pago total del capital social. La consecuencia jurídica es la obligación de publicar un aviso en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía. Esta disposición, adicionada en 2016, opera como un deber de publicidad complementario al registro mercantil, en los términos del artículo 50 Bis del Código de Comercio que referencia. Su finalidad es garantizar la transparencia y dar certeza a terceros sobre la integración real del capital de la sociedad, constituyendo un requisito formal posterior al pago.
Artículos relacionados
Este artículo 265 se vincula directamente con el artículo 50 Bis del Código de Comercio, que es la base legal del sistema electrónico donde debe hacerse la publicación. También se relaciona con los artículos 5° y 6° de la LGSM, que definen el concepto de capital social y su suscripción, requisitos previos para aplicar el 265. Asimismo, con el artículo 273 de la misma ley, que sanciona con multas el incumplimiento de deberes de publicidad como este.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 265
El Artículo 265 de la LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Cuando se haya suscrito y pagado la totalidad del capital social, la sociedad deberá publicar un aviso en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía en términos de lo dispuesto en el artículo 50 Bis del Código de Comercio."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 265
En aplicación del Artículo 265, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Cuando se haya suscrito y pagado la totalidad del capital social, la sociedad deberá publicar un avi..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 265.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 265 de la LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 265 de la LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Dónde se presentan demandas mercantiles?
¿Los plazos de prescripción mercantil son iguales a los civiles?
¿Puedo usar medios electrónicos en actos mercantiles?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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