Artículo 9
“I. Realizar en el ámbito federal la función conciliatoria individual prevista en el párrafo cuarto de la fracción XX del Apartado A del artículo 123 Constitucional; II. Realizar en el ámbito federal la función conciliatoria colectiva, misma que se brindará a petición de las partes o de la autoridad judicial; III. Llevar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, contratos-ley, reglamentos interiores de trabajo y de las organizaciones sindicales, así como todos los actos y procedimientos a que se refiere el párrafo cuarto de la fracción XX del Apartado A del artículo 123 Constitucional; IV. Establecer el servicio profesional de conformidad con los parámetros estipulados en la Ley Federal del Trabajo y esta Ley; V. Establecer planes de capacitación de conformidad con lo previsto en la Ley Federal del Trabajo y esta Ley; VI. Auxiliar a los sindicatos o trabajadores en los procedimientos de elección de sus directivas sindicales, así como verificar el cumplimiento de los principios democráticos y los requisitos legales aplicables; VII. Convocar y organizar los recuentos para consultas a solicitud fundada de los trabajadores, o en caso de duda razonable sobre la veracidad de la documentación presentada en la verificación de la elección de directivas sindicales conforme al artículo 371 Bis de la Ley Federal del Trabajo; VIII. Expedir las constancias de no conciliación; IX. Expedir las constancias de representatividad; X. Verificar el apoyo mayoritario de los trabajadores en los contratos colectivos de trabajo que los rigen y sus convenios de revisión, vigilando el ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto; XI. Tomar en consideración las propuestas y opiniones del Comité Nacional de Concertación y Productividad referidas en el artículo 153-K, fracciones XII, XIII y XIV, de la Ley Federal del Trabajo; XII. Verificar que el contenido de los contratos colectivos de trabajo se haya hecho del conocimiento de los trabajadores, conforme a lo dispuesto por el artículo 400 Bis de la Ley Federal del Trabajo; XIII. Proporcionar la documentación e información relativa al registro del contrato colectivo o de la administración del contrato-ley, tabuladores, padrones de trabajadores afiliados a los sindicatos contendientes y toda aquella información que posea a los tribunales que así lo requieran; XIV. Hacer pública conforme al artículo 365 Bis de la Ley Federal del Trabajo, la información de los sindicatos, y brindar a las personas que lo soliciten copia de los documentos que obren en los expedientes registrados, previo pago de los derechos correspondientes, en términos del artículo 8o. de la Constitución y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, priorizando la utilización de medios tecnológicos; XV. Establecer un modelo de gestión conciliatoria y administrativa para su adecuado funcionamiento; XVI. Establecer el Código de Conducta para las personas servidoras públicas al Centro; XVII. Implementar medidas que garanticen un ambiente laboral libre de todo tipo de discriminación, violencia y acoso, así como la sustentabilidad ambiental del propio órgano; XVIII. Imponer las multas que correspondan por el incumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley Federal del Trabajo, conforme a la normatividad aplicable, y XIX. Las demás que establezcan la Ley Federal del Trabajo, la presente Ley y la normatividad aplicable. Título Tercero De la Administración, Organización y Funcionamiento del Centro”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo 9 de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es como la lista de tareas principales de esta institución. Le dice al Centro qué debe hacer: ayudar a trabajadores y patrones a llegar a acuerdos (conciliar), llevar el registro oficial de sindicatos y contratos colectivos, organizar votaciones sindicales, expedir documentos oficiales como la constancia de no conciliación y asegurarse de que todo se haga de forma democrática y transparente.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si te despiden injustificadamente y no logras arreglarte directamente con tu patrón, debes acudir a este Centro para intentar una conciliación antes de ir a un juicio. Ellos expiden la constancia si no hay acuerdo.
- Ejemplo 2: Cuando un sindicato se forma o renueva a su directiva, debe registrarse ante este Centro para tener validez legal. El Centro verifica que la elección sea democrática.
- Ejemplo 3: Si los trabajadores dudan que su contrato colectivo realmente los represente, pueden pedir al Centro que verifique, mediante un recuento de votos, si la mayoría los apoya.
Análisis jurídico
El artículo 9 establece las atribuciones sustantivas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, constituyendo su competencia material. El supuesto de hecho es la existencia de la institución, y la consecuencia jurídica es la obligación de ejercer estas funciones. Su interpretación es sistemática con la Constitución (art. 123) y la Ley Federal del Trabajo, de donde deriva gran parte de sus mandatos. Las fracciones detallan desde funciones esenciales (conciliación, registro) hasta instrumentales (capacitación, transparencia, sanciones), configurando un ente administrativo especializado.
Artículos relacionados
Este artículo se vincula directamente con el artículo 123, Apartado A, fracción XX de la Constitución, que es la base constitucional de la conciliación previa y obligatoria. También con el artículo 371 Bis de la Ley Federal del Trabajo, que regula los procedimientos de elección de directivas sindicales que el Centro debe auxiliar y verificar. Finalmente, con el artículo 365 Bis de la misma LFT, que ordena la publicidad de la información sindical, tarea que el artículo 9 asigna al Centro.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 9
El Artículo 9 de la LEY ORGÁNICA DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "Realizar en el ámbito federal la función conciliatoria individual prevista en el párrafo cuarto de la fracción XX del Apartado A del artículo 123 Constitucional." Contiene también la cláusula antidiscriminatoria, que prohíbe cualquier distinción motivada por origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, religión u otras categorías sospechosas.
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En la práctica litigante, el Artículo 9 es invocado con alta frecuencia en juicios de amparo donde el quejoso alega que un acto de autoridad vulnera sus derechos fundamentales. Los Tribunales Colegiados de Circuito y la Suprema Corte han desarrollado una extensa jurisprudencia sobre su alcance, particularmente en lo relativo al test de proporcionalidad: toda restricción a un derecho debe ser constitucionalmente válida (finalidad legítima), adecuada (idónea para lograr la finalidad), necesaria (la menos lesiva disponible) y proporcional en sentido estricto.
La cláusula de no discriminación ha sido aplicada por los tribunales en casos de despido por embarazo, negativa de servicios por discapacidad, exclusión educativa por condición económica y muchos otros supuestos. Las categorías listadas en el artículo son consideradas "categorías sospechosas", lo que activa el escrutinio estricto: la autoridad que hace una distinción basada en ellas debe demostrar que tiene una justificación objetiva y razonable de peso constitucional.
En litigios laborales, este artículo se invoca ante los Tribunales Laborales y Centros de Conciliación cuando el patrón incurre en prácticas que vulneran los derechos mínimos garantizados por el texto constitucional, especialmente en despidos injustificados y condiciones de trabajo discriminatorias.
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito en Materia Administrativa o Civil, según la naturaleza del acto reclamado. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 9
Una trabajadora embarazada es despedida "sin causa" durante su período de gestación. Aunque el patrón no invoca explícitamente el embarazo como motivo, la presunción de discriminación se activa automáticamente con base en el Artículo 9. Corresponde entonces al patrón demostrar que el despido tuvo una causa objetiva y proporcional ajena a la condición de la trabajadora; de no hacerlo, el Tribunal Laboral debe ordenar la reinstalación o la indemnización constitucional incrementada.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 9.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY ORGÁNICA DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 9 de la LEY ORGÁNICA DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 9 de la LEY ORGÁNICA DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
¿Este artículo aplica en todo México?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
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