Artículo 16
“Párrafo reformado DOF 16-07-2025 En todo caso, la resolución correspondiente deberá emitirse en un plazo que no exceda de 90 días naturales, contado a partir de aquél en que se hubiere presentado la solicitud debidamente integrada. Sección Tercera Disposiciones comunes”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario establece un plazo máximo para que las autoridades resuelvan. Si tú o una empresa presentan una solicitud completa ante la autoridad ferroviaria, ésta tiene la obligación de darte una respuesta en un plazo que no debe superar los 90 días naturales. Es una regla que busca dar certeza y evitar que los trámites se alarguen indefinidamente.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Una empresa quiere solicitar una concesión para operar un tramo de vía férrea. Una vez que entrega toda la documentación, la autoridad tiene este plazo máximo de 90 días para decirle si se la aprueba o se la niega.
- Ejemplo 2: Un concesionario ferroviario actual pide una autorización para modificar sus tarifas. Al presentar la solicitud completa, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes debe emitir su resolución dentro de este período.
- Ejemplo 3: Una comunidad solicita formalmente a la autoridad que revise las medidas de seguridad en un cruce ferroviario. La dependencia correspondiente está obligada a investigar y emitir un dictamen o resolución en no más de 90 días.
Análisis jurídico
El artículo 16, ubicado en la Sección Tercera sobre Disposiciones comunes, establece un plazo perentorio de 90 días naturales para la emisión de una resolución administrativa. El supuesto de hecho es la presentación de una solicitud debidamente integrada. La consecuencia jurídica es la obligación de la autoridad de resolver dentro de dicho plazo, generando seguridad jurídica para los particulares. Este plazo opera como un límite máximo a la discrecionalidad administrativa en el procedimiento, y su incumplimiento podría configurar una causa de responsabilidad o de impugnación por silencio administrativo, dependiendo del marco legal aplicable.
Artículos relacionados
Este artículo 16 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario se relaciona con los principios de eficacia y eficiencia de la función administrativa establecidos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. También guarda conexión con las disposiciones sobre plazos para resolver en otras leyes sectoriales, como la Ley de Vías Generales de Comunicación, que regulan aspectos similares en materia de transportes. Su aplicación es común a todos los procedimientos previstos en dicha ley.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 16
El Artículo 16 de la LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "En todo caso, la resolución correspondiente deberá emitirse en un plazo que no exceda de 90 días naturales, contado a partir de aquél en que se hubiere presentado la solicitud debidamente integrada."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 16
En aplicación del Artículo 16, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "En todo caso, la resolución correspondiente deberá emitirse en un plazo que no exceda de 90 días nat..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 16.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 16 de la LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 16 de la LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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