Artículo 308Precepto Vigente Estatal
“Por lo que hace a las consecuencias de las lesiones inferidas, se observarán las siguientes disposiciones: I. Se impondrá prisi ón de dos a cinco años y multa de diez a cien Unidades de Medida y Actualización , al que infiera una lesión que deje al ofendido cicatriz permanente notable en la cara, orejas o cuello . 539 II. Se impondrán de tres a seis años de prisión y multa de veinte a doscientas Unidades de Medida y Actualización , al que a sabiendas de que una mujer estuviere embarazada, le infiriere lesiones que pusieren en peligro la vida del producto . 540 III. Se impondrán de cuatro a siete años de prisión y multa de veinticinco a dosc ientas Unidades de Medida y Actualización , al que infiriere una lesión que perturbare para siempre la vista, o disminuyere la facultad de oír, entorpeciere o debilitare permanentemente una mano, un pie, un brazo, una pierna, o cualquier otro órgano, el uso de la palabra, o de las facultades mentales . 541 IV. Se impondrán de cinco a ocho años de prisión y multa de treinta a trescientas Unidades de Medida y Actualización , al que contagiare, provocare un daño o infiriere una lesión de los que resultare : 542 a) Una e nfermedad no mortal, segura o probablemente incurable; b) La inutilización completa o pérdida de un ojo, de una mano, de un brazo, de una pierna, o de un pie; 539 Fracción reformada el 3/nov/2021 . 540 Fr acción reformada el 2/sep/ 1998 y el 3/nov/2021 . 541 Fracción reformada el 2 / sep/ 1998 y el 3/nov/2021 . 542 Fracción reformada el 2 de septiembre de 1998 y el 3/nov/2021 . Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla 187 c) Sordera del ofendido; d) Alguna deformidad incorregible, o e) En general, la inutilización de un órgano cualquiera o la alteración permanente de alguna función orgánica. V. Se impondrán de seis a diez años de prisión y multa de cincuenta a quinientas Unidades de Medida y Actualización , al que contagiare, provocare un daño o infiriere una lesión , a consecuencia de la cual resultare para el ofendido : 543 a) Incapacidad permanente para trabajar; b) Enajenación mental; c) Pérdida de la vista, del habla o de las funciones sexuales, o d) Incapacidad para engendrar o concebir.”
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 308
El Artículo 308 de la Código Penal del Estado de Puebla impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Por lo que hace a las consecuencias de las lesiones inferidas, se observarán las siguientes disposiciones: I."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En materia penal, este artículo es parámetro de control para evaluar la legalidad de actos de investigación, medidas cautelares y sentencias. Los Jueces de Control deben contrastarlo con el Código Nacional de Procedimientos Penales al resolver audiencias iniciales.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Amparo Indirecto durante el proceso penal (contra actos del Ministerio Público o del Juez de Control) y Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado de Circuito contra la sentencia definitiva. En caso de violaciones graves a derechos durante la investigación, también procede la queja ante el órgano jurisdiccional competente.
💡 Caso Práctico — Artículo 308
Durante una audiencia inicial, el Ministerio Público presenta datos de prueba que fueron obtenidos mediante una diligencia realizada sin orden judicial. El imputado, a través de su defensor, plantea la exclusión de prueba ilícita con base en el Artículo 308: los derechos constitucionales actúan como regla de exclusión que invalida cualquier evidencia obtenida en su contravención.
Si el juez de control rechaza la exclusión, procede el amparo indirecto de inmediato (violación de reglas que trascienden al fallo), y la Suprema Corte ha sostenido que la admisión de prueba ilícita en juicio oral amerita la reposición del procedimiento.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 308.
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 308.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones en su caso.
Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta plazos específicos.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 308 de la Código Penal del Estado de Puebla?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué debo hacer si soy víctima de este delito?
¿Cuánto tiempo tiene el Estado para perseguir este delito?
¿Se puede negociar una reparación del daño?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
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