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📜 Texto OficialOrdenamiento Estatal

S e impondrá prisión de tres meses a siete años y multa de una a diez veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de la comisión del delito, al servidor público que incurra en alguna de las infracciones siguientes : 760 I. Al que ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin haber tomado posesión legítima o sin cumplir los requisitos legales ; 761 II. Al que continúe ejerciendo las funciones de un empleo, cargo o comisión, después de saber que se revoco su nombramiento o que se le suspendió o destituyó legalmente; III. Al que nombrado por tiempo limitado, continúe ejerciendo sus funciones después de cumplido el término por el cual se le nombró. Lo prevenido en las dos fracciones anteriores no comprende el caso en que el func ionario o empleado público que debe cesar en sus funciones, continúe en ellas entre tanto se presenta la persona que haya de substituirlo, a menos que en la orden de separación se exprese que ésta se verifique desde luego, y la ley no lo prohíba; IV. Al q ue ejerza funciones que no correspondan al empleo, cargo o comisión que tuviere ; 762 V. Al que sin habérsele admitido la renuncia de una comisión, empleo o cargo, o antes de que se presente persona que haya de reemplazarlo, lo abandone sin causa justificada ; 763 VI. - Al que teniendo conocimiento por razón de su empleo, cargo o comisión de que pueden resultar gravemente afectados el patrimonio o los intereses de alguna dependencia o entidad de la administración pública centralizada, organismos descentralizados, empresa de 759 Denominación reformada el 29/dic/2017. 760 Párrafo reformado el 29/dic/2017. 761 Fracción reformada el 29/dic/2017. 762 Fracción reformada el 29/dic/2017. 763 Fracción reformada el 29/dic/2017. Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla 237 participación estatal mayoritaria, asociaciones y sociedades asimiladas a éstas y fideicomisos públicos, de empresas productivas del Estado, de órganos constitucionalmente autónomos, del Congreso del Estado o del Poder Judicial, por cualquier ac to u omisión y no informe por escrito a su superior jerárquico o no lo evite si está dentro de sus facultades; 764 VII. - A quien por sí o por interpósita persona sustraiga, destruya, oculte, utilice o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso, o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión ; 765 VIII. - Al que por sí o por interpósita persona, cuando legalmente le sean requeridos, rinda informes en los que manifieste hech os o circunstancias falsas, o niegue la verdad en todo o en parte sobre los mismos, y 766 IX. - A quien teniendo obligación por razones de empleo, cargo o comisión, de custodiar, vigilar, proteger o dar seguridad a personas, lugares, instalaciones u objetos, i ncumpliendo su deber, en cualquier forma, propicie daño a las personas o a los lugares, instalaciones u objetos, o cause pérdida o sustracción de objetos que se encuentren bajo su cuidado. 767

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 417

El Artículo 417 de la Código Penal del Estado de Puebla impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "S e impondrá prisión de tres meses a siete años y multa de una a diez veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de la comisión del delito, al servidor público que incurra en alguna de las infracciones siguientes : 760 I."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

En materia penal, este artículo es parámetro de control para evaluar la legalidad de actos de investigación, medidas cautelares y sentencias. Los Jueces de Control deben contrastarlo con el Código Nacional de Procedimientos Penales al resolver audiencias iniciales.

La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.

La garantía de propiedad es uno de los derechos más litigados en México. El artículo establece los presupuestos constitucionales de la expropiación (causa de utilidad pública e indemnización), cuya omisión habilita el juicio de amparo para obtener la restitución del bien o el pago íntegro del justiprecio.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Amparo Indirecto durante el proceso penal (contra actos del Ministerio Público o del Juez de Control) y Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado de Circuito contra la sentencia definitiva. En caso de violaciones graves a derechos durante la investigación, también procede la queja ante el órgano jurisdiccional competente.
  • Acción de Inconstitucionalidad ante la SCJN (plazo 30 días desde la publicación de la norma en el DOF, legitimación restringida a minorías parlamentarias, PGR y equivalentes). Para particulares afectados por normas inconstitucionales, el amparo indirecto en su modalidad de amparo contra leyes es el medio idóneo.

💡 Caso Práctico — Artículo 417

Durante una audiencia inicial, el Ministerio Público presenta datos de prueba que fueron obtenidos mediante una diligencia realizada sin orden judicial. El imputado, a través de su defensor, plantea la exclusión de prueba ilícita con base en el Artículo 417: los derechos constitucionales actúan como regla de exclusión que invalida cualquier evidencia obtenida en su contravención.

Si el juez de control rechaza la exclusión, procede el amparo indirecto de inmediato (violación de reglas que trascienden al fallo), y la Suprema Corte ha sostenido que la admisión de prueba ilícita en juicio oral amerita la reposición del procedimiento.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 417.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 417" + "Código Penal del Estado de Puebla".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 417.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones en su caso.

⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta plazos específicos.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 417 de la Código Penal del Estado de Puebla?
El Artículo 417 de la Código Penal del Estado de Puebla establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia penal. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la Código Penal del Estado de Puebla. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Qué debo hacer si soy víctima de este delito?
Acuda al Ministerio Público (Fiscalía) a presentar su denuncia. Tiene derecho a recibir atención médica y psicológica, asesoría jurídica gratuita, y a ser informado sobre el avance de su caso.
¿Cuánto tiempo tiene el Estado para perseguir este delito?
La prescripción depende de la pena máxima del delito. Los delitos graves no prescriben. Los demás prescriben en un plazo igual al máximo de la pena de prisión señalada (sin exceder 20 años).
¿Se puede negociar una reparación del daño?
Sí, en delitos no graves se puede llegar a un acuerdo reparatorio ante el Ministerio Público o el Juez de Control. Esto puede extinguir la acción penal.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 417. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

📄 Plantillas Relacionadas

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