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📜 Texto OficialOrdenamiento Estatal

al Código de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla ; publicado en el Periódico Oficial del Estado , el viernes 27 de julio de 2012, Número 12 , Segunda Se cción, Tomo CDXLVII) . PRIMERO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO. - Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. EL GOBERNADOR, hará publicar y cum plir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo en la Heroica Ciudad de Puebla de Zaragoza, al primer día del mes de junio de dos mil doce. - Diputado Presidente. - MARIO GERARDO RIESTRA PIÑA. - Rúbrica. - Diputado Vicepresidente. - HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS. - Rúbrica. - Diputado Secretario. - ERIC COTOÑETO CARMONA. - Rúbrica. - Diputado Secretario. - ZEFERINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ. - Rúbrica. Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejec utivo, en la Heroica Puebla de Zaragoza, a los cinco días del mes de junio de dos mil doce. - El Gobernador Constitucional del Estado. - C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. - Rúbrica. - El Secretario General de Gobierno. - C. FERNANDO LUIS MANZANILLA PRIETO. - Rúbrica . Orden Jurídico Poblano 312 TRANSIT ORIOS (Del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma la denominación del Capítulo Séptimo, el Capítulo Decimoséptimo y su Sección Segunda del Libro Segundo y el

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 330

El Artículo 330 de la Código Penal del Estado de Puebla impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "al Código de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Acción de Inconstitucionalidad ante la SCJN (plazo 30 días desde la publicación de la norma en el DOF, legitimación restringida a minorías parlamentarias, PGR y equivalentes). Para particulares afectados por normas inconstitucionales, el amparo indirecto en su modalidad de amparo contra leyes es el medio idóneo.

💡 Caso Práctico — Artículo 330

El Presidente de la República, en ejercicio de facultades reglamentarias, expide un decreto que modifica sustancialmente el contenido de una ley aprobada por el Congreso. La minoría parlamentaria puede promover acción de inconstitucionalidad dentro de los 30 días siguientes, argumentando que el Ejecutivo invadió la facultad legislativa reservada exclusivamente al Congreso en términos del Artículo 330, violando el principio de separación de poderes.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 330.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 330" + "Código Penal del Estado de Puebla".
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🧮 Calculadoras Relacionadas

Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la Código Penal del Estado de Puebla.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 330.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones en su caso.

⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta plazos específicos.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 330 de la Código Penal del Estado de Puebla?
El Artículo 330 de la Código Penal del Estado de Puebla establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia penal. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la Código Penal del Estado de Puebla. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Qué debo hacer si soy víctima de este delito?
Acuda al Ministerio Público (Fiscalía) a presentar su denuncia. Tiene derecho a recibir atención médica y psicológica, asesoría jurídica gratuita, y a ser informado sobre el avance de su caso.
¿Cuánto tiempo tiene el Estado para perseguir este delito?
La prescripción depende de la pena máxima del delito. Los delitos graves no prescriben. Los demás prescriben en un plazo igual al máximo de la pena de prisión señalada (sin exceder 20 años).
¿Se puede negociar una reparación del daño?
Sí, en delitos no graves se puede llegar a un acuerdo reparatorio ante el Ministerio Público o el Juez de Control. Esto puede extinguir la acción penal.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 330. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

📄 Plantillas Relacionadas

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