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📜 Texto OficialOrdenamiento Estatal

Se impondrán de seis meses a seis años de prisión y multa de cinco a cincuenta Unidades de Medida y Actualización , a quien o quienes, sin estar alzados en armas y sin obrar tumultuariamente, ejecuten actos con alguno o algunos de los propósitos siguientes : 200 I. Abolir, reformar y suspender la Constitución Política del Estado, sin tener facultades legale s para ello; II. Disolver el Congreso del Estado, impedir que se reúna o celebre sus sesiones o coartar la libertad de sus deliberaciones; III. Impedir a un diputado que se presente al Congreso a desempeñar su cargo, o perseguirlo, o atentar contra su pe rsona o bienes, por las opiniones políticas emitidas en su desempeño; 199 Artículo adicionado el 04/ene/2012 . 200 Párrafo reformado el 3/nov/2021 . Orden Jurídico Poblano 100 IV. Oponerse con vías de hecho a que el Gobernador del Estado tome posesión de su cargo, u obligarlo a renunciar, o privarlo de la libertad con que debe ejercer sus atribuciones; V. Tr atar que los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia o Jueces no tomen posesión de sus cargos, obligarlos a renunciar o a separarse de ellos, o intentar, por medio de la violencia, que dicten o no sus fallos en determinado sentido: VI. Impedir por v ías de hecho que las Autoridades Municipales tomen posesión de sus cargos, o ejerzan sus funciones; VII. Coaccionar a las autoridades Municipales para que renuncien a sus cargos.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 143

El Artículo 143 de la Código Penal del Estado de Puebla impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Se impondrán de seis meses a seis años de prisión y multa de cinco a cincuenta Unidades de Medida y Actualización , a quien o quienes, sin estar alzados en armas y sin obrar tumultuariamente, ejecuten actos con alguno o algunos de los propósitos siguientes : 200 I."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

En materia penal, este artículo es parámetro de control para evaluar la legalidad de actos de investigación, medidas cautelares y sentencias. Los Jueces de Control deben contrastarlo con el Código Nacional de Procedimientos Penales al resolver audiencias iniciales.

La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.

La garantía de propiedad es uno de los derechos más litigados en México. El artículo establece los presupuestos constitucionales de la expropiación (causa de utilidad pública e indemnización), cuya omisión habilita el juicio de amparo para obtener la restitución del bien o el pago íntegro del justiprecio.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Amparo Indirecto durante el proceso penal (contra actos del Ministerio Público o del Juez de Control) y Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado de Circuito contra la sentencia definitiva. En caso de violaciones graves a derechos durante la investigación, también procede la queja ante el órgano jurisdiccional competente.
  • Acción de Inconstitucionalidad ante la SCJN (plazo 30 días desde la publicación de la norma en el DOF, legitimación restringida a minorías parlamentarias, PGR y equivalentes). Para particulares afectados por normas inconstitucionales, el amparo indirecto en su modalidad de amparo contra leyes es el medio idóneo.

💡 Caso Práctico — Artículo 143

Durante una audiencia inicial, el Ministerio Público presenta datos de prueba que fueron obtenidos mediante una diligencia realizada sin orden judicial. El imputado, a través de su defensor, plantea la exclusión de prueba ilícita con base en el Artículo 143: los derechos constitucionales actúan como regla de exclusión que invalida cualquier evidencia obtenida en su contravención.

Si el juez de control rechaza la exclusión, procede el amparo indirecto de inmediato (violación de reglas que trascienden al fallo), y la Suprema Corte ha sostenido que la admisión de prueba ilícita en juicio oral amerita la reposición del procedimiento.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 143.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 143" + "Código Penal del Estado de Puebla".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 143.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones en su caso.

⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta plazos específicos.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 143 de la Código Penal del Estado de Puebla?
El Artículo 143 de la Código Penal del Estado de Puebla establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia penal. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la Código Penal del Estado de Puebla. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Qué debo hacer si soy víctima de este delito?
Acuda al Ministerio Público (Fiscalía) a presentar su denuncia. Tiene derecho a recibir atención médica y psicológica, asesoría jurídica gratuita, y a ser informado sobre el avance de su caso.
¿Cuánto tiempo tiene el Estado para perseguir este delito?
La prescripción depende de la pena máxima del delito. Los delitos graves no prescriben. Los demás prescriben en un plazo igual al máximo de la pena de prisión señalada (sin exceder 20 años).
¿Se puede negociar una reparación del daño?
Sí, en delitos no graves se puede llegar a un acuerdo reparatorio ante el Ministerio Público o el Juez de Control. Esto puede extinguir la acción penal.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 143. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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