Artículo 1103
“Artículo 1103. Si la parte que se diera de contado o billete de depósito excediere del monto de lo sentenciado, formada y aprobada la liquidación, se entregará la parte restante al ejecutado, si no se hallare retenida a instancia de otro acreedor, observándose, en su caso, las disposiciones del Código Civil respectivo sobre graduación de crédito.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
El artículo 1103 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares no contiene texto en la información proporcionada. Esto significa que, para conocer su contenido y alcance legal, es necesario consultar directamente el texto oficial de la ley. Sin el texto del artículo, no es posible ofrecer una explicación sobre su significado o aplicación práctica en este momento.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un ciudadano busca entender sus derechos en un proceso de divorcio y encuentra una referencia al artículo 1103, pero al consultarlo, la página web no tiene la información cargada, por lo que debe buscar la ley física o un sitio oficial.
- Ejemplo 2: Un estudiante de derecho realiza un trabajo sobre procedimientos familiares y necesita analizar el artículo 1103, pero la fuente digital que está usando no muestra su contenido, interrumpiendo su investigación.
- Ejemplo 3: Una persona involucrada en un juicio de guarda y custodia escucha mencionar el artículo 1103 en el juzgado. Al intentar informarse en línea, se topa con un resumen donde el artículo aparece vacío, generando confusión.
Análisis jurídico
Al no disponer del texto normativo del artículo 1103, el análisis jurídico se ve impedido. Para un abogado, es fundamental acceder al supuesto de hecho, la consecuencia jurídica y los elementos normativos que establece. La interpretación sistemática requiere cotejar este artículo con otros dentro del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares para entender su función dentro de la estructura procesal. Se recomienda la consulta directa del Diario Oficial de la Federación o de compilaciones legales autorizadas para obtener el contenido preciso y realizar un estudio técnico adecuado.
Artículos relacionados
Sin el contenido del artículo 1103, es complejo señalar relaciones normativas precisas. No obstante, dentro del mismo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, los artículos que lo rodean (como el 1102 y el 1104) suelen tratar materias conexas. También es pertinente revisar el índice general de la ley para ubicar el título o capítulo al que pertenece este artículo, lo que puede dar pistas sobre su posible objeto, ya sea en materia de ejecución de sentencias, medios de impugnación o alguna etapa específica del proceso.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 1103
El Artículo 1103 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "Si la parte que se diera de contado o billete de depósito excediere del monto de lo sentenciado, formada y aprobada la liquidación, se entregará la parte restante al ejecutado, si no se hallare retenida a instancia de otro acreedor, observándose, en su caso, las disposiciones del Código Civil res...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 1103
En aplicación del Artículo 1103, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Si la parte que se diera de contado o billete de depósito excediere del monto de lo sentenciado, for..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 1103.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 1103 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 1103 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
¿Este artículo aplica en todo México?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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