Artículo 1135
“Cuando un tribunal extranjero conceda un plazo a una persona residente en México para que conteste una demanda seguida en el extranjero, si fue notificada en territorio mexicano, ese plazo deberá ser similar o mayor, al que se refiere el párrafo anterior.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Si una persona que vive en México recibe una notificación de una demanda de un tribunal en otro país, el plazo que ese tribunal extranjero le dé para responder no puede ser menor al plazo que le daría un juez mexicano en un caso similar. La ley mexicana protege a los residentes en el país asegurando que tengan un tiempo justo y suficiente para preparar su defensa, incluso si el juicio es en el extranjero.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un mexicano es demandado en Estados Unidos por una deuda de un negocio. Al ser notificado en Guadalajara, el juez estadounidense debe darle un plazo para contestar que sea similar al que recibiría en un juicio en México.
- Ejemplo 2: Una persona residente en Monterrey recibe en su domicilio una citación de un tribunal español por un conflicto de herencia. El plazo para presentar su respuesta en España no puede ser más corto que el que marca la ley mexicana.
- Ejemplo 3: Una empresa con sede en Ciudad de México es notificada de una demanda comercial en Canadá. El código mexicano exige que el plazo canadiense para responder sea igual o mayor al plazo procesal civil que aplicaría en territorio nacional.
Análisis jurídico
El artículo 1135 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares establece un principio de equivalencia procesal en el ámbito de la cooperación internacional. Su supuesto de hecho requiere: 1) una notificación válida en territorio mexicano, y 2) un plazo concedido por autoridad extranjera para contestar una demanda. La consecuencia jurídica es la obligación de que dicho plazo sea "similar o mayor" al previsto en el párrafo anterior del mismo código (artículo 1134, que fija plazos considerando la distancia). Se interpreta como una garantía de defensa adecuada, evitando que plazos procesales extranjeros más breves perjudiquen al residente en México.
Artículos relacionados
Este artículo 1135 está directamente ligado al artículo 1134 del mismo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que es el "párrafo anterior" referido y establece los plazos base para contestar demandas en función de la distancia. También se relaciona con el artículo 14 constitucional, que consagra el derecho a un plazo para defenderse. Además, conecta con normas de tratados internacionales sobre notificaciones y plazos en materia civil que México haya ratificado.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 1135
El Artículo 1135 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Cuando un tribunal extranjero conceda un plazo a una persona residente en México para que conteste una demanda seguida en el extranjero, si fue notificada en territorio mexicano, ese plazo deberá ser similar o mayor, al que se refiere el párrafo anterior."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 1135
En aplicación del Artículo 1135, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Cuando un tribunal extranjero conceda un plazo a una persona residente en México para que conteste u..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 1135.
🧮 Calculadoras Relacionadas
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 1135 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 1135 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
¿Este artículo aplica en todo México?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
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