Artículo 1145
“En ningún caso podrán ser públicos los procedimientos donde se encuentren involucrados derechos de niñas, niños y adolescentes.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares establece una regla de protección muy clara: cuando un juicio o trámite legal involucra los derechos de un menor de edad, toda la información debe mantenerse en privado. Esto significa que el público no puede acceder a los detalles del caso, ni los medios de comunicación pueden publicarlos. Es una medida para proteger la intimidad y el bienestar de niñas, niños y adolescentes durante procesos legales que les afectan.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: En un juicio de divorcio donde se discute la custodia de los hijos. Los detalles sobre la vida familiar, el comportamiento de los padres y las necesidades de los menores no pueden ser consultados por cualquier persona en el archivo judicial.
- Ejemplo 2: En un proceso para determinar la patria potestad o tutela de un adolescente. Las audiencias son cerradas y las sentencias no se publican con los nombres completos de los menores para proteger su identidad.
- Ejemplo 3: En un procedimiento por alimentos (pensión alimenticia) a favor de una niña. Los documentos que contienen información sobre sus necesidades económicas, salud o escuela son confidenciales y no son de dominio público.
Análisis jurídico
El artículo 1145 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares establece un principio de privacidad absoluta ("En ningún caso podrán ser públicos") para los procedimientos que involucren derechos de menores. El supuesto de hecho es la existencia de un procedimiento judicial donde sean parte o se discutan derechos de niñas, niños o adolescentes. La consecuencia jurídica directa es la confidencialidad del proceso, limitando el principio de publicidad de los juicios. Se interpreta en armonía con el principio del interés superior de la niñez, previsto en la Constitución y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, priorizando su protección sobre la transparencia procesal.
Artículos relacionados
Este artículo 1145 se vincula directamente con el artículo 4º constitucional, que consagra el principio del interés superior de la niñez como rector en todas las decisiones sobre menores. También se relaciona con disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que ordena proteger su privacidad en procedimientos administrativos o judiciales. Dentro del mismo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, normas sobre la reserva de actuaciones complementan esta protección.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 1145
El Artículo 1145 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "En ningún caso podrán ser públicos los procedimientos donde se encuentren involucrados derechos de niñas, niños y adolescentes."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 1145
En aplicación del Artículo 1145, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "En ningún caso podrán ser públicos los procedimientos donde se encuentren involucrados derechos de n..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 1145.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 1145 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 1145 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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📄 Plantillas Relacionadas
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