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📜 Texto OficialCÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES

I. El Registro Federal de Contribuyentes junto con un balance que muestre su activo, pasivo y capital al mes anterior a la fecha de presentación de su solicitud de concurso; II. Copia de su escritura constitutiva inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en su caso; III. Copia de sus estatutos vigentes, en caso de que haya habido modificaciones; IV. Certificación de las hojas de sus libros o equivalente, que identifique a sus socios y miembros integrantes del órgano de administración. En caso de no contar con libros, una certificación del órgano de administración con esa información; V. Resolución de la asamblea general de socios de la persona deudora o equivalente, en el sentido de iniciar el procedimiento, y VI. La persona deudora deberá acompañar un avalúo o una opinión de experto sobre el valor de los bienes muebles e inmuebles enlistados que puedan ser comercializados.

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

Este artículo del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares te dice qué papeles debe juntar una empresa o sociedad que quiere declararse en quiebra (concurso mercantil). Básicamente, es una lista de requisitos: su situación fiscal, sus estados financieros, sus documentos de constitución, quiénes son sus dueños y administradores, el acuerdo de los socios para pedir la quiebra y una valoración de sus bienes.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Una fábrica de muebles familiar, S.A. de C.V., ya no puede pagar a sus proveedores ni la nómina. Los socios deciden pedir el concurso mercantil para reestructurar sus deudas y deben reunir todos los documentos que lista el artículo 836 para presentar su solicitud al juez.
  • Ejemplo 2: Una constructora con varios proyectos detenidos ve que sus deudas superan sus ingresos. Para evitar que los acreedores embarguen todo de manera desordenada, la empresa solicita voluntariamente el concurso, presentando su RFC, balance general, escrituras y el avalúo de sus maquinarias y terrenos.
  • Ejemplo 3: Una sociedad anónima que opera una cadena de restaurantes se declara en insolvencia. Para iniciar el procedimiento formal, su consejo de administración certifica la lista de socios y convoca a una asamblea para obtener la resolución que aprueba solicitar el concurso, tal como lo exige este artículo.

Análisis jurídico

El artículo 836 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares establece los requisitos documentales específicos para que una persona moral (sociedad mercantil) pueda solicitar su declaración de concurso mercantil de manera voluntaria. El supuesto de hecho es la decisión de la persona deudora de iniciar el procedimiento. La consecuencia jurídica es la obligación de acompañar la solicitud con esta documentación probatoria, que busca acreditar su personalidad jurídica, su situación patrimonial y financiera, la representación legal y la voluntad corporativa. La interpretación sistemática lo vincula con los artículos que regulan la legitimación y los requisitos de la solicitud inicial dentro del procedimiento concursal.

Artículos relacionados

Dentro del mismo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, el artículo 835 se relaciona directamente, ya que establece los requisitos generales de la solicitud de concurso, de la cual los documentos del artículo 836 forman parte esencial. También se vincula con el artículo 843, que regula los efectos de la declaración de concurso, etapa a la que se pretende llegar presentando correctamente la documentación. Además, es necesario consultar la Ley de Concursos Mercantiles para las definiciones y el procedimiento especializado en materia de insolvencia.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 836

El Artículo 836 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "El Registro Federal de Contribuyentes junto con un balance que muestre su activo, pasivo y capital al mes anterior a la fecha de presentación de su solicitud de concurso."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

La garantía de propiedad es uno de los derechos más litigados en México. El artículo establece los presupuestos constitucionales de la expropiación (causa de utilidad pública e indemnización), cuya omisión habilita el juicio de amparo para obtener la restitución del bien o el pago íntegro del justiprecio.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 836

El gobierno decreta la expropiación de un predio particular para construir una obra de infraestructura, fijando un justiprecio muy por debajo del valor comercial real del inmueble. El propietario puede impugnar el monto de la indemnización y, en su caso, el propio decreto expropiatorio mediante amparo indirecto, argumentando que el Artículo 836 exige que la indemnización sea justa y equivalente al daño real, no meramente simbólica.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 836.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 836" + "CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILE".
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🧮 Calculadoras Relacionadas

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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 836 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

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📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 836 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES?
El Artículo 836 de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia civil. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
Los plazos varían según el tipo de acción civil: 10 años para acciones reales sobre inmuebles, 5 años para acciones personales, y 2 años para responsabilidad civil extracontractual. Consulte los Arts. 1159-1164 del Código Civil.
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
Depende del acto jurídico. Los actos que involucren inmuebles, poderes generales, constitución de sociedades y testamentos generalmente requieren escritura pública ante notario.
¿Este artículo aplica en todo México?
El Código Civil Federal aplica en el ámbito federal y como supletorio. Cada estado tiene su propio Código Civil que puede variar. Verifique la legislación de su estado.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 836. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

📄 Plantillas Relacionadas

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