Artículo 116
“A la persona tercera interesada se le entregará copia de la demanda al notificársele del juicio. Si reside fuera de la jurisdicción del órgano que conoce del amparo se le notificará por medio de exhorto o despacho que podrán ser enviados y recibidos haciendo uso de la Firma Electrónica o, en caso de residir en zona conurbada, podrá hacerse por conducto del actuario o actuaria. Párrafo reformado DOF 13-03-2025”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley de Amparo Reglamentaria establece cómo se le avisa a una persona que no es la principal en el juicio, pero que tiene un interés en él (tercero interesado). Le deben dar una copia de la demanda cuando se le notifique. Si vive lejos, se le avisa por medios oficiales electrónicos o, si vive en una zona conurbada, puede ser notificado directamente por el actuario judicial.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si una autoridad clausura un centro comercial, los locatarios afectados (terceros interesados) en un amparo promovido por el dueño del inmueble deben ser notificados con copia de la demanda para defender sus derechos.
- Ejemplo 2: En un amparo contra un decreto expropiatorio, los colindantes del predio que puedan verse afectados en sus propiedades deben ser notificados como terceros interesados según este artículo 116.
- Ejemplo 3: Si un trabajador demanda en amparo a su empresa por despido, y la resolución afecta también al sindicato, este debe ser notificado como tercero interesado para intervenir en el juicio.
Análisis jurídico
El artículo 116 regula la notificación al tercero interesado, parte esencial del debido proceso. Su supuesto de hecho es la existencia de una persona con interés jurídico en el juicio de amparo distinta del quejoso y la autoridad. La consecuencia es la obligación de entregarle copia de la demanda al notificarlo. La reforma de 2025 incorpora el uso de la Firma Electrónica para exhortos, modernizando el procedimiento. La mención a la zona conurbada y al actuario busca eficiencia en notificaciones en áreas metropolitanas, sin perjuicio de los plazos procesales.
Artículos relacionados
El artículo 5 de la misma Ley de Amparo Reglamentaria define quiénes son considerados "terceros interesados", fundamentando la aplicación del 116. También se relaciona con el artículo 44 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, que regula figuras similares de notificación a intervinientes. Ambos buscan garantizar el derecho de defensa y la legalidad en el proceso.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 116
El Artículo 116 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS otorga facultades y atribuciones específicas con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "A la persona tercera interesada se le entregará copia de la demanda al notificársele del juicio."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
Las disposiciones sobre el juicio de amparo que contiene este artículo deben leerse de forma sistemática con la Ley de Amparo vigente. Los valores procesales que consagra —relatividad de la sentencia, definitividad, instancia de parte— determinan la procedencia y los efectos del juicio protector.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 116
En aplicación del Artículo 116, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "A la persona tercera interesada se le entregará copia de la demanda al notificársele del juicio..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 116. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
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Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 116 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 116 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
¿Este artículo es de aplicación directa?
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