Artículo 190
“Tratándose de laudos o de resoluciones que pongan fin al juicio, dictados por tribunales del trabajo, la suspensión se concederá en los casos en que, a juicio de la persona titular de la presidencia del tribunal respectivo, no se ponga a la parte trabajadora en peligro de no subsistir mientras se resuelve el juicio de amparo, en los cuales sólo se suspenderá la ejecución en cuanto exceda de lo necesario para asegurar tal subsistencia. Párrafo reformado DOF 13-03-2025 Son aplicables a la suspensión en amparo directo, salvo el caso de la materia penal, los artículos 125, 128, 129, 130, 132, 133, 134, 135, 136, 154 y 156 de esta Ley.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley de Amparo Reglamentaria habla de la suspensión en juicios laborales. Si un trabajador gana un juicio y la empresa lo apela con un amparo, el juez puede ordenar que no se le pague todo lo ganado de inmediato. Solo se suspenderá el pago de la parte que exceda lo necesario para que el trabajador pueda vivir dignamente mientras se resuelve el amparo. La decisión final la toma el presidente del tribunal.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un trabajador gana un laudo por despido injustificado y una indemnización de $300,000. La empresa promueve amparo. El juez, para conceder la suspensión, puede calcular que el trabajador necesita $50,000 para subsistir y solo suspenderá el pago de los $250,000 restantes.
- Ejemplo 2: Un empleado de confianza gana el pago de utilidades y salarios caídos. Al interponer amparo la empresa, el tribunal analiza si suspender el cumplimiento del laudo pondría al trabajador en riesgo económico grave para decidir el monto a suspender.
- Ejemplo 3: Una trabajadora de planta gana su reinstalación y el pago de salarios vencidos. La empresa pide amparo. El juez puede ordenar que se le reinstale de inmediato, pero suspender el pago de los salarios en la parte que supere lo necesario para su subsistencia básica.
Análisis jurídico
El artículo 190 establece el supuesto de hecho para la suspensión en amparo directo contra laudos o resoluciones definitivas en materia laboral. La consecuencia jurídica es la concesión de la suspensión de manera condicionada, protegiendo el derecho a la subsistencia del trabajador. El operador jurídico (presidente del tribunal) debe realizar un juicio de ponderación para determinar si la ejecución plena del laudo es vital para la subsistencia de la parte actora. La suspensión se limita únicamente a la parte excedente de lo necesario para asegurar dicha subsistencia, aplicándose además, de forma supletoria, los artículos citados en su segundo párrafo.
Artículos relacionados
El segundo párrafo del propio artículo 190 de la Ley de Amparo Reglamentaria remite a artículos clave como el 125 (efectos de la suspensión) y el 136 (caución). También se relaciona con el artículo 123 constitucional, apartado A, que consagra los derechos mínimos de los trabajadores, ya que la suspensión no puede vulnerar su subsistencia. Esta conexión protege el núcleo esencial de los derechos laborales durante un juicio de amparo.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 190
El Artículo 190 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS regula una materia de orden público con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "Tratándose de laudos o de resoluciones que pongan fin al juicio, dictados por tribunales del trabajo, la suspensión se concederá en los casos en que, a juicio de la persona titular de la presidencia del tribunal respectivo, no se ponga a la parte trabajadora en peligro de no subsistir mientras se...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En materia penal, este artículo es parámetro de control para evaluar la legalidad de actos de investigación, medidas cautelares y sentencias. Los Jueces de Control deben contrastarlo con el Código Nacional de Procedimientos Penales al resolver audiencias iniciales.
En litigios laborales, este artículo se invoca ante los Tribunales Laborales y Centros de Conciliación cuando el patrón incurre en prácticas que vulneran los derechos mínimos garantizados por el texto constitucional, especialmente en despidos injustificados y condiciones de trabajo discriminatorias.
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
Las disposiciones sobre el juicio de amparo que contiene este artículo deben leerse de forma sistemática con la Ley de Amparo vigente. Los valores procesales que consagra —relatividad de la sentencia, definitividad, instancia de parte— determinan la procedencia y los efectos del juicio protector.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Amparo Indirecto durante el proceso penal (contra actos del Ministerio Público o del Juez de Control) y Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado de Circuito contra la sentencia definitiva. En caso de violaciones graves a derechos durante la investigación, también procede la queja ante el órgano jurisdiccional competente.
💡 Caso Práctico — Artículo 190
Durante una audiencia inicial, el Ministerio Público presenta datos de prueba que fueron obtenidos mediante una diligencia realizada sin orden judicial. El imputado, a través de su defensor, plantea la exclusión de prueba ilícita con base en el Artículo 190: los derechos constitucionales actúan como regla de exclusión que invalida cualquier evidencia obtenida en su contravención.
Si el juez de control rechaza la exclusión, procede el amparo indirecto de inmediato (violación de reglas que trascienden al fallo), y la Suprema Corte ha sostenido que la admisión de prueba ilícita en juicio oral amerita la reposición del procedimiento.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 190. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 190 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 190 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
¿Este artículo es de aplicación directa?
¿Las reformas a este artículo son retroactivas?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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