Artículo 264
“Artículo 264. Al ministro o ministra, magistrado o magistrada o juez o jueza que dolosamente hubiere negado la causa que funda la recusación y ésta se comprueba, se le impondrán pena de dos a seis años de prisión, multa de treinta a trescientos días, destitución e inhabilitación por un lapso de dos a seis años. Artículo reformado DOF 13-03-2025”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Articulos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue modificado recientemente. El artículo 264 fue reformado oficialmente el 13 de marzo de 2025. Esto significa que su contenido legal cambió a partir de esa fecha, por lo que cualquier amparo que se tramite debe aplicarse bajo el nuevo texto, no bajo la versión anterior.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si un ciudadano presenta un amparo después del 13 de marzo de 2025, el juez debe resolverlo aplicando la versión reformada del artículo 264 de la Ley de Amparo, no la antigua.
- Ejemplo 2: Un abogado que prepara una demanda de amparo en abril de 2025 debe consultar y fundamentar su caso con el texto actualizado del artículo 264, pues la ley cambió.
- Ejemplo 3: Alguien que estudia derecho o busca información legal en internet debe asegurarse de que la copia del artículo 264 que consulta incluya la reforma del DOF 13-03-2025, para no usar información obsoleta.
Análisis jurídico
El artículo 264, reformado DOF 13-03-2025, establece una modificación normativa dentro de la Ley de Amparo Reglamentaria. El supuesto de hecho es la entrada en vigor de la reforma. La consecuencia jurídica inmediata es la derogación de su texto anterior y la obligatoriedad de aplicar la nueva redacción a todos los actos procesales posteriores a esa fecha. Su interpretación debe ser sistemática, integrando la nueva disposición con el resto del ordenamiento, particularmente con los principios constitucionales que rigen el juicio de amparo. La reforma implica un cambio en la regulación de alguna figura procesal específica de dicho juicio.
Artículos relacionados
El artículo 1o de la misma Ley de Amparo, que establece el objeto de la ley, es fundamental porque el artículo 264 reformado debe leerse en congruencia con ese objetivo. También se relaciona con los artículos transitorios del decreto de reforma publicado el 13-03-2025, los cuales precisan cómo y cuándo se aplica el nuevo artículo 264. Además, está vinculado con el artículo 14 constitucional, que garantiza la aplicación de la ley vigente al momento de actuar.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 264
El Artículo 264 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS regula una materia de orden público con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "Al ministro o ministra, magistrado o magistrada o juez o jueza que dolosamente hubiere negado la causa que funda la recusación y ésta se comprueba, se le impondrán pena de dos a seis años de prisión, multa de treinta a trescientos días, destitución e inhabilitación por un lapso de dos a seis años."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En materia penal, este artículo es parámetro de control para evaluar la legalidad de actos de investigación, medidas cautelares y sentencias. Los Jueces de Control deben contrastarlo con el Código Nacional de Procedimientos Penales al resolver audiencias iniciales.
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Amparo Indirecto durante el proceso penal (contra actos del Ministerio Público o del Juez de Control) y Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado de Circuito contra la sentencia definitiva. En caso de violaciones graves a derechos durante la investigación, también procede la queja ante el órgano jurisdiccional competente.
💡 Caso Práctico — Artículo 264
Durante una audiencia inicial, el Ministerio Público presenta datos de prueba que fueron obtenidos mediante una diligencia realizada sin orden judicial. El imputado, a través de su defensor, plantea la exclusión de prueba ilícita con base en el Artículo 264: los derechos constitucionales actúan como regla de exclusión que invalida cualquier evidencia obtenida en su contravención.
Si el juez de control rechaza la exclusión, procede el amparo indirecto de inmediato (violación de reglas que trascienden al fallo), y la Suprema Corte ha sostenido que la admisión de prueba ilícita en juicio oral amerita la reposición del procedimiento.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 264. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 264 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 264 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
¿Este artículo es de aplicación directa?
¿Las reformas a este artículo son retroactivas?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
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