Artículo 80
“Los medios de impugnación, así como los escritos y promociones que se realicen en ellos podrán ser presentados en forma impresa o electrónicamente. Los requisitos relativos al acompañamiento de copias o de presentación de cualquier tipo de constancias impresas a los que se refiera el presente Capítulo, no serán exigidos a las partes que hagan uso de las tecnologías de la información a las que se refiere el artículo 3o de esta Ley, en el entendido de que, cuando así sea necesario, tales requisitos serán cumplimentados por esa misma vía. Para el caso de que los recursos se presenten de manera electrónica, se podrá acceder al expediente de esa misma forma.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo, el 80 de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Articulos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que cuando una autoridad no cumple con lo ordenado en una sentencia de amparo, el quejoso puede acudir ante el mismo juez que dictó la sentencia para denunciar este incumplimiento. El juez entonces tiene la facultad de requerir a la autoridad responsable para que explique por qué no ha obedecido y, si es necesario, puede imponer sanciones para forzar el cumplimiento.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un juez de amparo ordena a un municipio restituir un permiso de construcción que canceló ilegalmente. Si el municipio se niega o alarga el trámite sin razón, el afectado puede acudir al mismo juez para denunciar la desobediencia y pedir que se le obligue a cumplir.
- Ejemplo 2: Tras ganar un amparo, una persona tiene derecho a que le devuelvan su vehículo asegurado. Si la autoridad fiscalal se demora o pone excusas para no entregarlo, el dueño puede usar este artículo 80 para que el juez exija la entrega inmediata y sancione a los responsables.
- Ejemplo 3: Una sentencia ordena a la Secretaría de Salud expedir un título profesional a un egresado. Si la dependencia no lo hace en el plazo señalado, el egresado puede recurrir al juez de amparo para que requiera a la autoridad y, en caso de persistir, imponga multas hasta que cumpla.
Análisis jurídico
El artículo 80 de la Ley de Amparo regula el procedimiento de ejecución de sentencias y el incidente de inejecución. Su supuesto de hecho es el incumplimiento, total o parcial, por parte de la autoridad responsable de lo ordenado en una sentencia firme de amparo. La consecuencia jurídica es la facultad del órgano jurisdiccional de amparo para requerir a dicha autoridad, exigirle un informe justificado y, en su caso, imponer las medidas de apremio necesarias para lograr la ejecución, lo que puede incluir multas o la denuncia ante el Ministerio Público. Este artículo es fundamental para la efectividad del juicio de amparo, garantizando que sus resoluciones sean reales y prácticas.
Artículos relacionados
Este artículo 80 se vincula directamente con el artículo 107, fracción XVI, de la Constitución Federal, que establece la obligatoriedad de las sentencias de amparo. Dentro de la misma Ley de Amparo Reglamentaria, es complementario al artículo 79, que regula la notificación de la sentencia a la autoridad responsable para su cumplimiento. También se relaciona con las disposiciones sobre medidas de apremio en la ley, que detallan las sanciones aplicables a las autoridades renuentes.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 80
El Artículo 80 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS otorga facultades y atribuciones específicas con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "Los medios de impugnación, así como los escritos y promociones que se realicen en ellos podrán ser presentados en forma impresa o electrónicamente."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 80
En aplicación del Artículo 80, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Los medios de impugnación, así como los escritos y promociones que se realicen en ellos podrán ser p..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 80. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 80 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 80 de la LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
¿Este artículo es de aplicación directa?
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📄 Plantillas Relacionadas
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