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📜 Texto OficialLEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN

Artículo 3.- La fiscalización de la Cuenta Pública tiene el objeto establecido en esta Ley y se llevará a cabo conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

El artículo 3 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación es como el directorio de la ley. Su función principal es definir claramente quiénes son los sujetos obligados por esta norma. Básicamente, establece una lista de las dependencias, entidades y organismos del gobierno federal que están obligados a ser fiscalizados y a rendir cuentas sobre el uso de los recursos públicos. Es el "quién" de la ley.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Si trabajas en una secretaría de estado como Salud o Educación, tu institución está sujeta a esta ley. Esto significa que sus gastos en medicamentos o construcción de escuelas serán auditados para verificar que se usaron correctamente.
  • Ejemplo 2: Cuando una universidad pública autónoma recibe subsidio federal, entra en el ámbito de esta ley. La rendición de cuentas sobre ese dinero específico puede ser revisada para asegurar transparencia.
  • Ejemplo 3: Si un organismo descentralizado como el IMSS o el INFONAVIT realiza una obra pública con fondos federales, el artículo 3 los incluye como sujetos obligados a ser fiscalizados en el uso de esos recursos.

Análisis jurídico

El artículo 3 opera como una norma de delimitación subjetiva. Su supuesto de hecho es la condición de ser una entidad, dependencia u organismo integrante de la Administración Pública Federal, incluyendo los Poderes Legislativo y Judicial, órganos autónomos y fideicomisos públicos. La consecuencia jurídica es la sujeción al régimen integral de fiscalización superior y rendición de cuentas establecido en la ley. Su interpretación debe ser sistemática con el artículo 1, que define el objeto de la ley, y con la Constitución, particularmente en lo referente a la autonomía de ciertos entes.

Artículos relacionados

El artículo 1 de la misma ley se relaciona directamente, ya que define el objeto de la fiscalización, mientras que el artículo 3 define a los sujetos. También se vincula con el artículo 79 constitucional, que es la base del control financiero de la Federación. Además, el artículo 4 de esta ley es relevante, pues establece los principios que rigen la fiscalización aplicable a estos sujetos obligados.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 3

El Artículo 3 de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "- La fiscalización de la Cuenta Pública tiene el objeto establecido en esta Ley y se llevará a cabo conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

En materia fiscal, el precepto sirve de base para impugnar disposiciones tributarias que resulten desproporcionales, inequitativas o discriminatorias. El SAT, el TFJA y los Juzgados de Distrito son las instancias que conocen estas controversias.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Secuencia: (1) Recurso de Revocación ante el SAT (plazo 30 días); (2) Juicio Contencioso Administrativo ante el TFJA (plazo 30 días desde la resolución); (3) Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado contra la sentencia del TFJA.

💡 Caso Práctico — Artículo 3

El SAT emite una disposición reglamentaria que establece una tasa de retención diferenciada para pequeños contribuyentes con respecto a los grandes, sin que exista una justificación objetiva y razonable. Una empresa afectada puede impugnar la norma mediante amparo indirecto contra leyes fiscales, argumentando que viola el principio de equidad tributaria derivado del Artículo 3. El Poder Judicial Federal está obligado a realizar el escrutinio de proporcionalidad y, si la norma no lo supera, declarar su inaplicación para el caso concreto.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 3.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 3" + "LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUEN".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 3 de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 3 de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN?
El Artículo 3 de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia fiscal. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación fiscal?
El SAT puede imponer multas, recargos y actualizaciones. En casos graves, puede configurarse el delito de defraudación fiscal (Arts. 108-109 CFF).
¿Puedo impugnar una resolución basada en este artículo?
Sí, puede interponer recurso de revocación ante el SAT (45 días) o juicio contencioso administrativo ante el TFJA (30 días). También el juicio de amparo.
¿Puedo pagar en parcialidades?
Sí, el SAT permite convenios de pago en parcialidades (hasta 36 meses) o pago diferido. Se causan recargos por financiamiento.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 3. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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