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📜 Texto OficialLEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026

I. Al 1.38 por ciento mensual sobre los saldos insolutos, y II. Cuando de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, se autorice el pago a plazos, se aplicará la tasa de recargos que a continuación se establece, sobre los saldos y durante el periodo de que se trate: 1. De los pagos a plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1.42 por ciento mensual. 2. De los pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.63 por ciento mensual. 3. De los pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.97 por ciento mensual. Las tasas de recargos establecidas en la fracción II de este artículo incluyen la actualización realizada conforme a lo establecido por el Código Fiscal de la Federación.

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

Este artículo de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026 establece cuánto te cobra el SAT de recargos si pagas tus impuestos tarde o a plazos. Si pagas con retraso, el recargo es del 1.38% mensual sobre lo que debes. Si el SAT te autoriza pagar a plazos, el recargo mensual será más alto, entre 1.42% y 1.97%, dependiendo de cuántos meses te den para pagar.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Si declaras tu ISR anual y no tienes el dinero para pagar el saldo resultante en mayo, por cada mes que te retrases se sumará un recargo del 1.38% sobre el monto pendiente.
  • Ejemplo 2: Si debes una multa fiscal grande y el SAT te autoriza un plan de pagos a 18 meses, el recargo mensual aplicable será del 1.63% sobre el saldo que aún no pagas en cada mes.
  • Ejemplo 3: Si una empresa obtiene un permiso para diferir el pago de una contribución por más de dos años, durante ese periodo deberá pagar un recargo mensual del 1.97% sobre el saldo insoluto.

Análisis jurídico

El artículo 11 establece las tasas de recargos para el ejercicio fiscal 2026. La fracción I fija la tasa general por mora en el pago de contribuciones (1.38% mensual). La fracción II detalla tasas específicas y progresivas para pagos a plazos autorizados, vinculando el porcentaje al plazo concedido: hasta 12 meses (1.42%), de 13 a 24 meses (1.63%), y más de 24 meses o plazo diferido (1.97%). El párrafo final aclara que estas tasas ya incluyen la actualización que ordena el Código Fiscal de la Federación, integrando así el componente inflacionario.

Artículos relacionados

Este artículo 11 se aplica conjuntamente con los artículos 21 y 22 del Código Fiscal de la Federación, que definen los conceptos de recargos y actualización, y establecen las reglas para su cálculo. También se vincula con el artículo 10 de la misma Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, que fija la tasa de actualización aplicable para el mismo periodo, completando el marco legal para la determinación de adeudos.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 11

El Artículo 11 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026 impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "38 por ciento mensual sobre los saldos insolutos, y II."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

En materia fiscal, el precepto sirve de base para impugnar disposiciones tributarias que resulten desproporcionales, inequitativas o discriminatorias. El SAT, el TFJA y los Juzgados de Distrito son las instancias que conocen estas controversias.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Secuencia: (1) Recurso de Revocación ante el SAT (plazo 30 días); (2) Juicio Contencioso Administrativo ante el TFJA (plazo 30 días desde la resolución); (3) Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado contra la sentencia del TFJA.

💡 Caso Práctico — Artículo 11

El SAT emite una disposición reglamentaria que establece una tasa de retención diferenciada para pequeños contribuyentes con respecto a los grandes, sin que exista una justificación objetiva y razonable. Una empresa afectada puede impugnar la norma mediante amparo indirecto contra leyes fiscales, argumentando que viola el principio de equidad tributaria derivado del Artículo 11. El Poder Judicial Federal está obligado a realizar el escrutinio de proporcionalidad y, si la norma no lo supera, declarar su inaplicación para el caso concreto.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 11.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 11" + "LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 11 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

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📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 11 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026?
El Artículo 11 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026 establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia fiscal. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación fiscal?
El SAT puede imponer multas, recargos y actualizaciones. En casos graves, puede configurarse el delito de defraudación fiscal (Arts. 108-109 CFF).
¿Puedo impugnar una resolución basada en este artículo?
Sí, puede interponer recurso de revocación ante el SAT (45 días) o juicio contencioso administrativo ante el TFJA (30 días). También el juicio de amparo.
¿Puedo pagar en parcialidades?
Sí, el SAT permite convenios de pago en parcialidades (hasta 36 meses) o pago diferido. Se causan recargos por financiamiento.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 11. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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