Artículo 2
“Asimismo, la persona titular del Ejecutivo Federal podrá contratar obligaciones constitutivas de deuda pública interna adicionales a lo autorizado, siempre que el endeudamiento neto externo sea menor al establecido en el presente artículo en un monto equivalente al de dichas obligaciones adicionales. La persona titular del Ejecutivo Federal queda autorizada para contratar y ejercer en el exterior créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026, así como para canjear o refinanciar obligaciones del sector público federal, a efecto de obtener un monto de endeudamiento neto externo de hasta 15 mil 500 millones de dólares de los Estados Unidos de América, el cual incluye el monto de endeudamiento neto externo que se ejercería con organismos financieros internacionales. De igual forma, el Ejecutivo Federal y las entidades podrán contratar obligaciones constitutivas de deuda pública externa adicionales a lo autorizado, siempre que el endeudamiento neto interno sea menor al establecido en el presente artículo en un monto equivalente al de dichas obligaciones adicionales. El cómputo de lo anterior se realizará, en una sola ocasión, el último día hábil bancario del ejercicio fiscal de 2026 considerando el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, así como la equivalencia del peso mexicano con otras monedas que dé a conocer el propio Banco de México, en todos los casos en la fecha en que se hubieren realizado las operaciones correspondientes. También se autoriza al Ejecutivo Federal para que, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emita valores en moneda nacional y contrate empréstitos para canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, en los términos de la Ley Federal de Deuda Pública. Asimismo, la persona titular del Ejecutivo Federal queda autorizada para contratar créditos o emitir valores en el exterior con el objeto de canjear o refinanciar endeudamiento externo. Las operaciones a las que se refiere el párrafo anterior no deberán implicar endeudamiento neto adicional al autorizado para el ejercicio fiscal de 2026. Los montos establecidos en el artículo 1o., numeral 0 "Ingresos Derivados de Financiamientos" de esta Ley, así como el monto de endeudamiento neto interno consignado en este artículo, se verán, en su caso, modificados en lo conducente como resultado de la distribución, entre el Gobierno federal y los organismos y empresas de control directo, de los montos autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026 autoriza al gobierno federal a pedir prestado dinero, tanto dentro como fuera del país, para financiar sus gastos del próximo año. Establece un límite máximo de deuda externa neta de 15,500 millones de dólares. También permite hacer "malabares" con la deuda: si pide más préstamos internos, debe reducir los externos en la misma cantidad, y viceversa, para no rebasar el tope total de endeudamiento autorizado.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si el gobierno necesita construir un nuevo hospital pero no tiene todo el dinero en caja, puede usar esta autorización para emitir bonos (pedir prestado) y financiar la obra, sin exceder los límites que marca la ley.
- Ejemplo 2: Cuando el gobierno tiene deudas antiguas con intereses altos, puede refinanciarlas (como cuando tú renegocias tu crédito bancario) para obtener mejores condiciones de pago, usando los mecanismos que describe este artículo 2.
- Ejemplo 3: Si durante el 2026 se gasta menos de lo autorizado en deuda interna, el gobierno podría, bajo las reglas de este artículo, compensarlo pidiendo un poco más de préstamos en el extranjero, siempre respetando el tope global.
Análisis jurídico
El artículo 2 establece el marco de facultades para la contratación de deuda pública durante el ejercicio fiscal 2026. Su supuesto de hecho es la necesidad de financiamiento del Presupuesto de Egresos y la refinanciación de obligaciones. La consecuencia jurídica es la autorización expresa al Ejecutivo Federal para contratar deuda interna y externa, bajo el principio de compensación: el endeudamiento neto interno y externo son variables interdependientes. Se fija un límite cuantitativo específico para la deuda neta externa (USD 15,500 millones). La interpretación debe ser sistemática con la Ley Federal de Deuda Pública y el propio Presupuesto de Egresos, que puede modificar la distribución de los montos autorizados.
Artículos relacionados
Este artículo 2 está directamente vinculado al artículo 1, numeral 0 "Ingresos Derivados de Financiamientos" de la misma Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, ya que los montos allí establecidos pueden modificarse por lo dispuesto aquí. También se relaciona con la Ley Federal de Deuda Pública, que es el ordenamiento general que regula los procedimientos, condiciones y destinos para la contratación de empréstitos y emisión de valores por parte del gobierno federal.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 2
El Artículo 2 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026 impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Asimismo, la persona titular del Ejecutivo Federal podrá contratar obligaciones constitutivas de deuda pública interna adicionales a lo autorizado, siempre que el endeudamiento neto externo sea menor al establecido en el presente artículo en un monto equivalente al de dichas obligaciones adicionales."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En materia fiscal, el precepto sirve de base para impugnar disposiciones tributarias que resulten desproporcionales, inequitativas o discriminatorias. El SAT, el TFJA y los Juzgados de Distrito son las instancias que conocen estas controversias.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Secuencia: (1) Recurso de Revocación ante el SAT (plazo 30 días); (2) Juicio Contencioso Administrativo ante el TFJA (plazo 30 días desde la resolución); (3) Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado contra la sentencia del TFJA.
💡 Caso Práctico — Artículo 2
El SAT emite una disposición reglamentaria que establece una tasa de retención diferenciada para pequeños contribuyentes con respecto a los grandes, sin que exista una justificación objetiva y razonable. Una empresa afectada puede impugnar la norma mediante amparo indirecto contra leyes fiscales, argumentando que viola el principio de equidad tributaria derivado del Artículo 2. El Poder Judicial Federal está obligado a realizar el escrutinio de proporcionalidad y, si la norma no lo supera, declarar su inaplicación para el caso concreto.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 2.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 2 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 2 de la LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación fiscal?
¿Puedo impugnar una resolución basada en este artículo?
¿Puedo pagar en parcialidades?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
Documentos legales listos para usar, basados en los derechos y obligaciones de este artículo.