Artículo 33
“I. Conocer el programa de trabajo y el informe anual de labores de la Agencia que presente el Director Ejecutivo; II. Acordar los asuntos que se sometan a su consideración, relacionados con la Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente; III. Conocer del ejercicio de los recursos del fideicomiso a que se refiere esta Ley; IV. Expedir el código de conducta al que deberá sujetarse el personal de la Agencia; V. Aportar elementos para el diseño y formulación de políticas nacionales, relacionadas con las materias objeto de la presente Ley, y VI. Las demás que se señalen en el Reglamento Interior y las necesarias para el cumplimiento de su objeto.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo 33 de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos es como la lista de tareas principales del Consejo de Gobierno de la Agencia. Le dice qué debe hacer, como revisar los planes y gastos anuales, tomar decisiones sobre seguridad y medio ambiente en la industria de hidrocarburos, y establecer las reglas de ética para sus empleados. Básicamente, define las responsabilidades clave de este órgano de gobierno.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si trabajas en una gasolinera y hay una nueva política nacional de seguridad, es probable que el Consejo haya aportado elementos para su diseño, como establece este artículo, buscando prevenir accidentes.
- Ejemplo 2: Cuando la Agencia publica su informe anual de actividades, ese documento fue previamente conocido y revisado por el Consejo de Gobierno en cumplimiento de una de sus facultades listadas aquí.
- Ejemplo 3: Si un inspector de la Agencia actúa con ética, es porque debe seguir un código de conducta que el propio Consejo expidió, según lo que autoriza este artículo 33.
Análisis jurídico
El artículo 33 constituye una norma de competencia orgánica que enumera las facultades específicas del Consejo de Gobierno de la Agencia. El supuesto de hecho es la existencia y funcionamiento de dicho Consejo. La consecuencia jurídica es la atribución de capacidades decisorias y de supervisión en materias sustantivas como la seguridad industrial, operativa y ambiental en el sector hidrocarburos. Su interpretación debe ser sistemática con el resto de la ley, especialmente con los artículos que definen la integración del Consejo y las funciones generales de la Agencia, delimitando su ámbito de acción frente al del Director Ejecutivo.
Artículos relacionados
El artículo 32 de la misma ley, que define la integración del Consejo de Gobierno, es complementario directo, ya que establece quiénes ejercen las facultades del artículo 33. También se relaciona con el artículo 27 que crea el fideicomiso, porque una facultad del Consejo es conocer el ejercicio de esos recursos. Además, conecta con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ya que el Consejo aporta elementos para políticas nacionales en la materia.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 33
El Artículo 33 de la LEY DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Conocer el programa de trabajo y el informe anual de labores de la Agencia que presente el Director Ejecutivo."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En litigios laborales, este artículo se invoca ante los Tribunales Laborales y Centros de Conciliación cuando el patrón incurre en prácticas que vulneran los derechos mínimos garantizados por el texto constitucional, especialmente en despidos injustificados y condiciones de trabajo discriminatorias.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 33
Una trabajadora embarazada es despedida "sin causa" durante su período de gestación. Aunque el patrón no invoca explícitamente el embarazo como motivo, la presunción de discriminación se activa automáticamente con base en el Artículo 33. Corresponde entonces al patrón demostrar que el despido tuvo una causa objetiva y proporcional ajena a la condición de la trabajadora; de no hacerlo, el Tribunal Laboral debe ordenar la reinstalación o la indemnización constitucional incrementada.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 33.
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 33 de la LEY DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 33 de la LEY DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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