Artículo 34
“I. Recibirán quejas, investigarán y, en su caso, por conducto del titular del órgano de control interno o del área de responsabilidades, determinarán la responsabilidad administrativa de los servidores públicos de la entidad e impondrán las sanciones aplicables en los términos previstos en la ley de la materia y dictarán las resoluciones en los recursos de revocación que interpongan los servidores públicos de la entidad respecto de la imposición de sanciones administrativas. Dichos órganos realizarán la defensa jurídica de las resoluciones que emitan, ante los diversos tribunales federales; II. Realizarán sus actividades de acuerdo con reglas y bases que les permitan ejecutar su cometido con autosuficiencia y autonomía; III. Examinarán y evaluarán los sistemas, mecanismos y procedimientos de control; IV. Efectuarán revisiones y auditorías; V. Vigilarán que el manejo y aplicación de los recursos se efectúe conforme a las disposiciones aplicables, y presentarán al director general y a la Junta de Gobierno los informes resultantes de las auditorías, exámenes y evaluaciones realizados, y VI. Ejercerán las demás facultades que otras disposiciones legales y reglamentarias les confieran. Capítulo VI Régimen laboral”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud describe las funciones del órgano de control interno en un instituto de salud. Básicamente, es el área que se encarga de investigar quejas contra los trabajadores, revisar que todo el dinero y los recursos se usen correctamente, hacer auditorías y asegurarse de que haya reglas claras para evitar malos manejos. Actúan con independencia para garantizar transparencia.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si un paciente presenta una queja formal porque un administrativo del instituto le solicitó un pago irregular por un trámite, el órgano de control investiga el caso y puede sancionar al servidor público.
- Ejemplo 2: Cuando se audita el gasto en medicamentos de un hospital para verificar que todo se compró a proveedores autorizados y a los precios establecidos, evitando sobreprecios o desvíos.
- Ejemplo 3: Si un trabajador del instituto es sancionado por negligencia y él cree que la sanción es injusta, puede interponer un recurso de revocación que será resuelto por este mismo órgano de control interno.
Análisis jurídico
El artículo 34 establece las facultades específicas del órgano de control interno dentro de los Institutos Nacionales de Salud. Su supuesto de hecho es la existencia de una estructura de control interno. La consecuencia jurídica es la atribución de competencias para: determinar responsabilidades administrativas (fracción I), actuar con autonomía (II), evaluar sistemas de control (III), realizar auditorías (IV), vigilar el uso de recursos (V) y ejercer otras facultades conferidas (VI). Interpretado sistemáticamente, se vincula con la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en materia de control y fiscalización.
Artículos relacionados
Este artículo 34 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud se relaciona directamente con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que detalla los procedimientos y sanciones aplicables a servidores públicos. También con el artículo 31 de la misma ley, que define la integración de la Junta de Gobierno, órgano al que el control interno debe presentar informes. Además, guarda conexión con las leyes de contabilidad y presupuesto que regulan el manejo de recursos públicos.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 34
El Artículo 34 de la LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "Recibirán quejas, investigarán y, en su caso, por conducto del titular del órgano de control interno o del área de responsabilidades, determinarán la responsabilidad administrativa de los servidores públicos de la entidad e impondrán las sanciones aplicables en los términos previstos en la ley de...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 34
En aplicación del Artículo 34, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Recibirán quejas, investigarán y, en su caso, por conducto del titular del órgano de control interno..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 34.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 34 de la LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 34 de la LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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