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📜 Texto OficialLEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL

I.- Ejercer todas las operaciones financieras de la sociedad y vigilar que se realicen con eficiencia todas las actividades contables de la sociedad; II.- Vigilar que los libros a que se refiere la Fracción VIII del artículo 23, se lleven debidamente actualizados; III.- Aprobar las peticiones de créditos a favor de la sociedad, así como las garantías que se otorguen; IV.- Vigilar el empleo de los fondos de la sociedad en todas las líneas de producción, así como que a los productos elaborados o fabricados se les dé el destino acordado; V.- Opinar sobre el estado financiero de la sociedad y, en su caso, asesorarse de técnicos para tal finalidad; VI.- Vigilar que el fondo de solidaridad social se aplique a los fines sociales y se incremente conforme a lo que acuerde la asamblea al respecto, así como que se restituya la parte utilizada en caso de pérdidas; VII.- Dar cuenta a la autoridad correspondiente, de los casos en que se presuma la comisión de hechos delictuosos de que tengan conocimiento; VIII.- Rendir los informes del estado económico que guarda la sociedad, a la asamblea general, a la de Representantes y al Comité Ejecutivo cuando éste los solicite. IX.- Los demás que establezcan en las bases constitutivas.

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

El artículo 25 de la Ley de Sociedades de Solidaridad Social es como la lista de tareas del tesorero de la sociedad. Su trabajo es manejar y cuidar todo el dinero, revisar que las cuentas estén en orden, autorizar préstamos y vigilar que los fondos se usen correctamente en los proyectos acordados. También debe informar a los socios sobre la situación económica y reportar a las autoridades si sospecha de algún delito.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Si tu sociedad quiere comprar una máquina nueva a crédito, el tesorero debe revisar y aprobar la solicitud del préstamo, asegurándose de que los términos sean favorables para la organización, según lo establece este artículo.
  • Ejemplo 2: En la asamblea anual, los socios piden un reporte claro de las ganancias y gastos. El tesorero, basándose en este artículo, debe presentar un informe financiero detallado y comprensible para todos.
  • Ejemplo 3: Si se descubre que un miembro del comité está desviando fondos del "fondo de solidaridad" para uso personal, el tesorero tiene la obligación de vigilar que esto se corrija y, de ser necesario, dar cuenta a la autoridad correspondiente.

Análisis jurídico

El artículo 25 establece las facultades y obligaciones del órgano de vigilancia, típicamente el Consejo de Vigilancia o un Tesorero, dentro de la estructura de una Sociedad de Solidaridad Social. Define su supuesto de hecho: la existencia de dicha sociedad. La consecuencia jurídica es la atribución de un conjunto de deberes de supervisión financiera, contable, crediticia y de legalidad. Su interpretación debe ser sistemática con los artículos que definen los otros órganos (Asamblea, Comité Ejecutivo) y con las reglas contables de la ley, configurando un sistema de controles internos y rendición de cuentas.

Artículos relacionados

El artículo 23 de la misma ley, especialmente su fracción VIII, es fundamental porque establece qué libros de contabilidad debe llevar la sociedad, los cuales el órgano del artículo 25 debe vigilar. También se relaciona con el artículo 24, que define las facultades del Comité Ejecutivo, órgano al que el tesorero debe rendir informes. Además, conecta con normas del Código de Comercio en materia de llevanza de libros y obligaciones mercantiles.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 25

El Artículo 25 de la LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "- Ejercer todas las operaciones financieras de la sociedad y vigilar que se realicen con eficiencia todas las actividades contables de la sociedad."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 25

En aplicación del Artículo 25, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "- Ejercer todas las operaciones financieras de la sociedad y vigilar que se realicen con eficiencia ..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.

La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 25.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 25" + "LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 25 de la LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 25 de la LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL?
El Artículo 25 de la LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia mercantil. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Dónde se presentan demandas mercantiles?
Ante los Juzgados de lo Civil (en jurisdicción común) o Juzgados de Distrito en materia civil (jurisdicción federal). La competencia depende de la cuantía y domicilio.
¿Los plazos de prescripción mercantil son iguales a los civiles?
No siempre. En materia mercantil rigen las prescripciones del Código de Comercio y leyes especiales. La prescripción ordinaria mercantil es de 10 años (Art. 1047 C.Com.).
¿Puedo usar medios electrónicos en actos mercantiles?
Sí, el Código de Comercio reconoce los mensajes de datos, firma electrónica y comercio electrónico (Título Segundo, Libro Segundo).
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 25. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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