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📜 Texto OficialLEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

Artículo 116. Los derechos de los miembros de la Fuerza Armada Permanente titulares de depósitos constituidos en el fondo de la vivienda o de sus causahabientes o beneficiarios, prescribirán en un plazo de cinco años. Artículo reformado DOF 16-07-2025

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

Este artículo de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas fue modificado oficialmente el 16 de julio de 2025. Esto significa que su contenido legal fue actualizado o cambiado a partir de esa fecha. Para saber exactamente qué dice ahora el artículo 116, hay que consultar el texto oficial publicado ese día, ya que la reforma alteró sus disposiciones originales.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Un militar activo necesita conocer sus derechos de pensión. Al buscar la ley, ve que el artículo 116 fue reformado en 2025, por lo que debe asegurarse de consultar la versión más actual para saber cómo se calcula su beneficio.
  • Ejemplo 2: Un abogado defiende a un beneficiario del ISS FAM en un juicio. Para preparar su caso, verifica que está usando la versión vigente del artículo 116, confirmando que fue reformado en julio de 2025, para no basar su argumentación en un texto obsoleto.
  • Ejemplo 3: Un familiar de un veterano fallecido gestiona una pensión por viudez. Al revisar la ley, nota la reforma al artículo 116, lo que le indica que los requisitos o procedimientos pueden haber cambiado recientemente y debe informarse con la versión actualizada.

Análisis jurídico

El texto proporcionado indica que el artículo 116 de la Ley del ISS FAM es un precepto reformado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16-07-2025. El supuesto de hecho es la entrada en vigor de dicha reforma. La consecuencia jurídica inmediata es la derogación de la redacción anterior y la obligatoriedad de la nueva. Para un análisis completo, se requiere la consulta del texto reformado para identificar los cambios sustantivos o adjetivos, interpretándolos de manera sistemática con el resto de la ley y la Constitución. La reforma implica una actualización legislativa que busca adecuar el marco jurídico a nuevas realidades o corregir disposiciones anteriores.

Artículos relacionados

El artículo 116 reformado se relaciona directamente con los artículos transitorios del decreto de reforma del 16-07-2025, que establecen cómo y cuándo se aplican los cambios. También está vinculado con el artículo 1° de la misma ley, que define su objeto, ya que la reforma debe alinearse con él. Además, conecta con disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en materia de seguridad social, para evitar contradicciones en el régimen especial de las Fuerzas Armadas.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 116

El Artículo 116 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "Los derechos de los miembros de la Fuerza Armada Permanente titulares de depósitos constituidos en el fondo de la vivienda o de sus causahabientes o beneficiarios, prescribirán en un plazo de cinco años."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 116

En aplicación del Artículo 116, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Los derechos de los miembros de la Fuerza Armada Permanente titulares de depósitos constituidos en e..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.

La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 116.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 116" + "LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PA".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 116 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 116 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS?
El Artículo 116 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia civil. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
Los plazos varían según el tipo de acción civil: 10 años para acciones reales sobre inmuebles, 5 años para acciones personales, y 2 años para responsabilidad civil extracontractual. Consulte los Arts. 1159-1164 del Código Civil.
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
Depende del acto jurídico. Los actos que involucren inmuebles, poderes generales, constitución de sociedades y testamentos generalmente requieren escritura pública ante notario.
¿Este artículo aplica en todo México?
El Código Civil Federal aplica en el ámbito federal y como supletorio. Cada estado tiene su propio Código Civil que puede variar. Verifique la legislación de su estado.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 116. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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