Artículo 123
“I. El plazo para cubrir el precio del inmueble no excederá de 15 años; II. La tasa de interés será la que fije la Junta Directiva, pero no excederá del 8% anual sobre saldos insolutos; III. Si el militar hubiese pagado sus abonos con regularidad durante cinco años o más y se viere imposibilitado de continuar cubriéndolos, tendrá derecho a que el Instituto remate en subasta pública el inmueble y que el producto, una vez pagado el saldo insoluto y sus accesorios, se le entregue el remanente; IV. Si la imposibilidad del pago ocurre dentro de los cinco primeros años, el inmueble será devuelto al Instituto, rescindiéndose el contrato y sólo se cobrará al militar el importe de las rentas causadas durante el periodo de ocupación del inmueble, devolviéndose la diferencia entre éstas y lo que hubiere abonado a cuenta del precio. Para los efectos de este artículo, se fijará desde la celebración del contrato la renta mensual que se le asigne al inmueble, y V. Los honorarios notariales por el otorgamiento de las escrituras serán cubiertos por mitad entre el Instituto y los militares. El pago de los impuestos y gastos serán por cuenta exclusiva del comprador.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas establece las reglas para que un militar compre una casa a crédito con el Instituto. Fija un plazo máximo de 15 años y un interés anual no mayor al 8%. También explica qué pasa si después de cinco años o antes no puede seguir pagando, detallando si le devuelven dinero o solo paga una renta. Finalmente, señala que los gastos notariales se dividen a medias.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un sargento que compra una casa con el Instituto y quiere saber cuántos años máximo tendrá para pagarla y cuál es la tasa de interés más alta que le pueden cobrar por su crédito hipotecario.
- Ejemplo 2: Un teniente que, tras 6 años de pagar su casa, sufre un accidente y queda incapacitado para trabajar. Quiere saber si tiene derecho a que le devuelvan algo del dinero ya pagado si el Instituto vende la propiedad.
- Ejemplo 3: Un cabo que, a los 3 años de haber adquirido su vivienda, es dado de baja y no puede continuar con los pagos. Necesita entender si solo debe pagar una renta por el tiempo que vivió allí y si le regresan la diferencia de lo que ya había abonado.
Análisis jurídico
El artículo 123 regula el contrato de compraventa a crédito de inmuebles a favor de los militares. Establece elementos normativos esenciales: plazo (15 años máx.), tasa de interés (máx. 8% anual fijada por Junta Directiva) y distribución de gastos. Define dos supuestos de hecho para la imposibilidad de pago, con consecuencias jurídicas distintas: después de 5 años, derecho a remate y entrega del remanente; antes de 5 años, rescisión con pago de rentas y devolución de diferencia. La fijación de una renta mensual desde la celebración es un elemento técnico clave para el cálculo en caso de rescisión temprana.
Artículos relacionados
Este artículo se vincula con las disposiciones generales de la misma ley que definen los derechos de los militares a la seguridad social, incluida la vivienda. También se relaciona con el Código Civil Federal en materia de compraventa a plazos y rescisión de contratos, cuyas normas generales se aplican supletoriamente. Otros artículos de esta ley sobre créditos y prestaciones del Instituto complementan el marco para este beneficio.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 123
El Artículo 123 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "El plazo para cubrir el precio del inmueble no excederá de 15 años."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En materia fiscal, el precepto sirve de base para impugnar disposiciones tributarias que resulten desproporcionales, inequitativas o discriminatorias. El SAT, el TFJA y los Juzgados de Distrito son las instancias que conocen estas controversias.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Secuencia: (1) Recurso de Revocación ante el SAT (plazo 30 días); (2) Juicio Contencioso Administrativo ante el TFJA (plazo 30 días desde la resolución); (3) Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado contra la sentencia del TFJA.
💡 Caso Práctico — Artículo 123
El SAT emite una disposición reglamentaria que establece una tasa de retención diferenciada para pequeños contribuyentes con respecto a los grandes, sin que exista una justificación objetiva y razonable. Una empresa afectada puede impugnar la norma mediante amparo indirecto contra leyes fiscales, argumentando que viola el principio de equidad tributaria derivado del Artículo 123. El Poder Judicial Federal está obligado a realizar el escrutinio de proporcionalidad y, si la norma no lo supera, declarar su inaplicación para el caso concreto.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 123.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 123 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 123 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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