Artículo 26
“En caso de que las Dependencias y Entidades realicen el pago de Cuotas y Aportaciones sin justificación legal, la devolución se sujetará al procedimiento que determine el Instituto. Tratándose de las Cuotas y Aportaciones al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez y a la Subcuenta de ahorro solidario, se deberá estar al procedimiento que determine la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, y en ningún caso procederá la devolución de actualizaciones o cualquier accesorio diferente al monto nominal de las cantidades pagadas sin justificación legal. CAPÍTULO II SEGURO DE SALUD Sección I Generalidades”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley del ISSSTE dice que si tu trabajo (dependencia o entidad del gobierno) paga por error cuotas al ISSSTE que no le correspondían, ese dinero se puede devolver, pero siguiendo un trámite especial. Para los ahorros para el retiro, el trámite lo pone la CONSAR. Eso sí, solo te devuelven el monto exacto que se pagó de más; no te dan intereses, actualizaciones ni ningún otro pago extra por ese error.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un área de nómina se equivoca y deduce y paga al ISSSTE por un trabajador eventual que, por ley, no tenía derecho a ese seguro. Para recuperar ese dinero, la institución debe seguir el procedimiento que marque el Instituto.
- Ejemplo 2: Una universidad pública paga aportaciones al seguro de retiro de un profesor que ya se pensionó. Para que la AFORE devuelva ese dinero, la universidad debe hacer el reclamo bajo las reglas de la CONSAR, sin recibir intereses.
- Ejemplo 3: Una secretaría de gobierno paga cuotas de salud por un empleado que estaba en período de prueba y no era sujeto de aseguramiento. La devolución se gestiona ante el ISSSTE, pero solo se recupera el valor nominal pagado, sin ajustes.
Análisis jurídico
El artículo 26 establece el régimen de recuperación de erogaciones indebidas. El supuesto de hecho es el pago de Cuotas y Aportaciones sin justificación legal por parte de las Dependencias y Entidades. La consecuencia jurídica es la procedencia de la devolución, sujeta a un procedimiento administrativo específico: el general determinado por el Instituto, y uno especial para el seguro de retiro determinado por la CONSAR. Un elemento crucial es la limitación de la restitución al monto nominal, excluyendo expresamente actualizaciones y accesorios, lo que constituye una excepción al principio de restitución integral por pago indebido.
Artículos relacionados
El artículo 5 de la misma Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado define quiénes son los sujetos de aseguramiento, clave para determinar cuándo un pago es "sin justificación legal". También se relaciona con la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, que otorga a la CONSAR la facultad reguladora mencionada en este artículo 26. Finalmente, el Código Fiscal de la Federación regula de manera general los pagos indebidos, aunque este artículo del ISSSTE establece una regla especial.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 26
El Artículo 26 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "En caso de que las Dependencias y Entidades realicen el pago de Cuotas y Aportaciones sin justificación legal, la devolución se sujetará al procedimiento que determine el Instituto."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El derecho a la protección de la salud, a pesar de ser considerado un derecho de segunda generación, ha sido reconocido por la SCJN como justiciable y dotado de un "contenido mínimo esencial" exigible mediante amparo. Las instituciones de salud pública que nieguen tratamientos necesarios sin justificación clínica o presupuestal suficiente pueden ser demandadas.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Amparo Indirecto por omisión de autoridades de salud o educativas. También procede el recurso administrativo ante la Secretaría de Salud o SEP como medio previo. En casos urgentes (tratamientos de vida o muerte), la suspensión provisional del acto procede de plano.
💡 Caso Práctico — Artículo 26
Un paciente con cáncer solicita al IMSS el tratamiento con un medicamento de reciente aprobación que no está en el Cuadro Básico de Medicamentos. La institución niega el suministro por razones presupuestales. El paciente puede promover amparo indirecto argumentando que el Artículo 26 impone al Estado la obligación de garantizar el derecho a la salud en su contenido mínimo esencial. La SCJN ha sostenido que el derecho a la vida prevalece sobre consideraciones presupuestales cuando el tratamiento es la única alternativa médica disponible.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 26.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 26 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 26 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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¿Este artículo aplica en todo México?
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