Artículo 79
“Artículo 79. Los Pensionados por retiro, cesantía en edad avanzada o de vejez, que reingresen al régimen obligatorio abrirán una nueva Cuenta Individual, en el PENSIONISSSTE o en la Administradora que elijan. Una vez al año, en el mismo mes calendario en el que adquirió el derecho a la Pensión, podrá el Trabajador transferir a la Aseguradora, al PENSIONISSSTE, o a la Administradora que le estuviera pagando su Pensión, el saldo acumulado de su Cuenta Individual, conviniendo el incremento en la Renta vitalicia o Retiros Programados que se le esté cubriendo.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
El artículo 79 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado no contiene texto en la información proporcionada. Esto significa que, para conocer su contenido específico, es necesario consultar directamente el texto oficial de la ley. Podría tratarse de un artículo derogado, un espacio reservado o uno cuya redacción no fue incluida en los datos suministrados para esta explicación.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un trabajador del estado busca conocer sus derechos de pensión y, al revisar la ley, se encuentra con que el artículo 79 aparece sin texto, generando confusión sobre si existe un vacío legal o un error en su copia de la norma.
- Ejemplo 2: Un abogado que prepara una defensa para un cliente afiliado al ISSSTE necesita argumentar basándose en el artículo 79, pero al verificarlo en una fuente no oficial, descubre que no hay contenido, por lo que debe acudir al Diario Oficial de la Federación para confirmar su vigencia y texto real.
- Ejemplo 3: Un estudiante de derecho realiza un trabajo sobre los servicios sociales del ISSSTE y al citar el artículo 79 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, nota la discrepancia, aprendiendo la importancia de usar siempre fuentes primarias y actualizadas.
Análisis jurídico
La ausencia de contenido en el artículo 79 presentado impide un análisis normativo de fondo. Jurídicamente, esta situación requiere una verificación de la vigencia y validez del texto legal en el Diario Oficial de la Federación. Es necesario determinar si se trata de una derogación, una reserva de artículo, un error de compilación o una disposición transitoria ya cumplida. El intérprete debe aplicar los principios de seguridad jurídica y consultar la versión oficial para establecer el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica que, en su momento, pudo haber establecido este precepto de la Ley del ISSSTE.
Artículos relacionados
Para contextualizar el posible ámbito del artículo 79, se relaciona con el Título Cuarto de la misma ley, "De las Pensiones", que regula los derechos de retiro. También es fundamental consultar la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, para impugnar resoluciones del ISSSTE, y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que establece la relación laboral base. La correcta interpretación de cualquier artículo requiere contrastar con el sistema jurídico completo.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 79
El Artículo 79 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO otorga facultades y atribuciones específicas. Su texto inicia estableciendo: "Los Pensionados por retiro, cesantía en edad avanzada o de vejez, que reingresen al régimen obligatorio abrirán una nueva Cuenta Individual, en el PENSIONISSSTE o en la Administradora que elijan."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En litigios laborales, este artículo se invoca ante los Tribunales Laborales y Centros de Conciliación cuando el patrón incurre en prácticas que vulneran los derechos mínimos garantizados por el texto constitucional, especialmente en despidos injustificados y condiciones de trabajo discriminatorias.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 79
Una trabajadora embarazada es despedida "sin causa" durante su período de gestación. Aunque el patrón no invoca explícitamente el embarazo como motivo, la presunción de discriminación se activa automáticamente con base en el Artículo 79. Corresponde entonces al patrón demostrar que el despido tuvo una causa objetiva y proporcional ajena a la condición de la trabajadora; de no hacerlo, el Tribunal Laboral debe ordenar la reinstalación o la indemnización constitucional incrementada.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 79.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 79 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 79 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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