Artículo 1
“Artículo 1o.- Esta Ley es de utilidad social y de observancia general en toda la República.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo es la presentación oficial de la ley. Nos dice que esta norma se llama "Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores". Su único propósito es establecer las reglas de organización y funcionamiento del INFONAVIT, la institución que administra el ahorro para la vivienda de los trabajadores formales en México. En esencia, es la carta de presentación de toda la ley.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Cuando un trabajador nuevo pregunta en su primer empleo "¿qué es el INFONAVIT y por qué me descuentan?", la respuesta se basa en las reglas que establece esta ley presentada en el artículo 1.
- Ejemplo 2: Si ves un anuncio del INFONAVIT sobre créditos o subcuentas, la autoridad legal para hacerlo proviene de esta ley, cuyo nombre y objeto se declaran en este primer artículo.
- Ejemplo 3: Al leer cualquier tríptico o sitio web oficial del Instituto, la referencia legal principal es la "Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores", que se cita formalmente desde su artículo 1.
Análisis jurídico
El artículo 1 cumple una función de tipificación y delimitación normativa. Su supuesto de hecho es la existencia misma del organismo público INFONAVIT. La consecuencia jurídica es la sujeción plena del Instituto a las disposiciones establecidas en el cuerpo legal que este artículo introduce. Constituye la norma fundamental de identificación, proporcionando el título oficial y el objeto de la ley, lo que permite su correcta citación y enmarcamiento dentro del sistema jurídico mexicano, especialmente en relación con el artículo 123 constitucional.
Artículos relacionados
El artículo 2 de la misma ley está directamente ligado, ya que define los objetivos específicos del INFONAVIT, desarrollando el objeto general mencionado en el artículo 1. También se relaciona con el artículo 123, Apartado A, Fracción XII de la Constitución, que es el mandato superior que ordena la creación de un organismo como el INFONAVIT. Además, la Ley Federal del Trabajo regula la obligación patronal de registrar a los trabajadores ante el Instituto, operativizando esta ley.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 1
El Artículo 1 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "- Esta Ley es de utilidad social y de observancia general en toda la República."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 1
En aplicación del Artículo 1, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "- Esta Ley es de utilidad social y de observancia general en toda la República..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 1.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 1 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 1 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
¿Este artículo aplica en todo México?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
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