Artículo 31
“En los casos en donde no pueda llevarse a cabo la interconexión de la Plataforma a los sistemas de inteligencia, las bases de datos, los registros o bancos de información, el suministro de la información para su integración al CNI se realizará utilizando cualquier mecanismo digital, de telecomunicación o físico que garantice su transmisión inmediata y en tiempo real, garantizando en todo caso la secrecía, confidencialidad, integridad y disponibilidad, realizándose en estricto apego a las disposiciones aplicables, a efecto de mantener su confidencialidad. Con independencia de la Plataforma, los órganos que integran el Sistema Nacional podrán consultar cualquier información contenida en bases de datos, registros, sistemas informáticos o plataformas digitales en posesión de cualquier autoridad, haciendo uso de las herramientas tecnológicas, científicas y cualquier otro medio del que dispongan. Capítulo III Uso y Aprovechamiento de la Información”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley del Sistema Nacional de Investigacion E Inteligencia en Materia de Seguridad Publica tiene dos partes. Primero, dice que si no se puede conectar un sistema central (la Plataforma), la información se debe mandar por cualquier otro medio digital o físico, pero siempre de forma segura, inmediata y confidencial. Segundo, establece que las autoridades de seguridad pueden consultar directamente la información en bases de datos de otras dependencias del gobierno, usando las herramientas que tengan.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si hay un fallo técnico que impide la conexión automática entre la policía estatal y federal, el artículo 31 obliga a que se envíen los datos de un sospechoso por un canal cifrado y seguro de inmediato, sin esperar a reparar el sistema principal.
- Ejemplo 2: Un agente de inteligencia investigando una red delictiva puede, basándose en este artículo, solicitar y acceder directamente a los registros de llamadas telefónicas que custodia otra institución, sin pasar necesariamente por un trámite burocrático lento.
- Ejemplo 3: Durante una emergencia por un secuestro, las autoridades pueden cruzar información de placas vehiculares, antecedentes penales y datos fiscales de varias dependencias en tiempo real, usando sus propios sistemas de consulta para actuar con rapidez.
Análisis jurídico
El artículo 31 regula dos supuestos de hecho distintos. El primero es un mecanismo supletorio para la integración de información al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) cuando falla la interconexión tecnológica primaria, imponiendo la obligación de usar cualquier medio alterno que garantice inmediatez, realismo y principios de seguridad de la información (secrecía, confidencialidad, integridad, disponibilidad). El segundo supuesto concede una facultad amplia a los órganos del Sistema para consultar información en poder de cualquier autoridad, utilizando las herramientas a su alcance, lo que opera con independencia de la Plataforma. La consecuencia jurídica es la creación de un deber de suministro y una facultad de acceso directo, sujetos al estricto apego a las disposiciones aplicables en materia de protección de datos y seguridad nacional.
Artículos relacionados
Este artículo 31 se vincula directamente con el artículo 30 de la misma ley, que define las obligaciones de los integrantes del Sistema para proporcionar información a la Plataforma. También se relaciona con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, ya que el manejo y consulta de información debe respetar los principios y límites de dicha normativa. Finalmente, conecta con las disposiciones del Capítulo III de la ley, sobre el Uso y Aprovechamiento de la Información, del cual forma parte.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 31
El Artículo 31 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "En los casos en donde no pueda llevarse a cabo la interconexión de la Plataforma a los sistemas de inteligencia, las bases de datos, los registros o bancos de información, el suministro de la información para su integración al CNI se realizará utilizando cualquier mecanismo digital, de telecomuni...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
La garantía de propiedad es uno de los derechos más litigados en México. El artículo establece los presupuestos constitucionales de la expropiación (causa de utilidad pública e indemnización), cuya omisión habilita el juicio de amparo para obtener la restitución del bien o el pago íntegro del justiprecio.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 31
El gobierno decreta la expropiación de un predio particular para construir una obra de infraestructura, fijando un justiprecio muy por debajo del valor comercial real del inmueble. El propietario puede impugnar el monto de la indemnización y, en su caso, el propio decreto expropiatorio mediante amparo indirecto, argumentando que el Artículo 31 exige que la indemnización sea justa y equivalente al daño real, no meramente simbólica.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 31.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 31 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 31 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
¿Este artículo aplica en todo México?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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