Artículo 30
“La Plataforma estará conectada en tiempo real a cualquier sistema, registro, plataforma, banco, base de datos, recurso y fuente de información de los entes públicos contemplados en esta Ley, así como aquellos que, a consideración del Consejo Nacional, puedan contribuir a los fines del Sistema Nacional. Tratándose de las fuentes de información en posesión de los particulares, el CNI podrá consultarla, previo convenio con la Secretaría o a través de requerimiento oficial. No se permitirá la conexión de entes privados a sistemas, bases de datos y registros públicos. Su participación en el Sistema, cuando se haya celebrado el convenio respectivo, se limitará a permitir el acceso del CNI a uno o varios de sus sistemas o registros, con el objeto de obtener información que contribuya a la seguridad pública.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley del Sistema Nacional de Investigacion E Inteligencia en Materia de Seguridad Publica establece dos reglas principales. Primero, la Plataforma de inteligencia (CNI) puede conectarse directamente y en tiempo real a todas las bases de datos de las dependencias gubernamentales. Segundo, para obtener datos de empresas o particulares, el CNI necesita un convenio o un requerimiento oficial, pero estas entidades privadas nunca podrán conectarse directamente a los sistemas de información del gobierno.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si una empresa de telefonía celebra un convenio con el gobierno, el CNI podría consultar registros de llamadas para una investigación específica sobre seguridad pública, pero la empresa no accede a las bases de datos del gobierno.
- Ejemplo 2: Al investigar un delito, las autoridades del CNI cruzan en segundos información de placas vehiculares (del REPUVE) con datos de licencias de conducir (de los estados) gracias a la conexión directa entre sistemas públicos.
- Ejemplo 3: Una institución bancaria puede recibir un requerimiento oficial para que el CNI consulte movimientos de una cuenta vinculada a un delito, sin que el banco pueda ingresar a otros sistemas como el registro de población.
Análisis jurídico
El artículo 30 define el modelo de interoperabilidad y acceso a fuentes de información del Sistema Nacional. Establece un supuesto de hecho diferenciado: para entes públicos, la conexión es obligatoria y en tiempo real. Para particulares, el acceso del CNI es condicionado a un convenio con la Secretaría o a un requerimiento oficial, constituyendo una limitación a la propiedad o posesión de datos. La consecuencia jurídica es una prohibición expresa: los privados no pueden conectarse a bases públicas, solo pueden ser sujetos pasivos de consulta. Esto refleja un equilibrio entre las necesidades de inteligencia y la protección de datos privados.
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El artículo 29 de la misma ley define las funciones de la "Plataforma" a la que se refiere este artículo, detallando su operación técnica. También se relaciona con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, ya que el acceso a información de particulares debe sujetarse a los principios y bases legales que esa ley establece para el tratamiento de datos.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 30
El Artículo 30 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA otorga facultades y atribuciones específicas. Su texto inicia estableciendo: "La Plataforma estará conectada en tiempo real a cualquier sistema, registro, plataforma, banco, base de datos, recurso y fuente de información de los entes públicos contemplados en esta Ley, así como aquellos que, a consideración del Consejo Nacional, puedan contribuir a los fines del Sistema Nac...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
La garantía de propiedad es uno de los derechos más litigados en México. El artículo establece los presupuestos constitucionales de la expropiación (causa de utilidad pública e indemnización), cuya omisión habilita el juicio de amparo para obtener la restitución del bien o el pago íntegro del justiprecio.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 30
El gobierno decreta la expropiación de un predio particular para construir una obra de infraestructura, fijando un justiprecio muy por debajo del valor comercial real del inmueble. El propietario puede impugnar el monto de la indemnización y, en su caso, el propio decreto expropiatorio mediante amparo indirecto, argumentando que el Artículo 30 exige que la indemnización sea justa y equivalente al daño real, no meramente simbólica.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 30.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 30 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 30 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
¿Este artículo aplica en todo México?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
Documentos legales listos para usar, basados en los derechos y obligaciones de este artículo.