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📜 Texto OficialLEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS

El Ministerio Público de la Federación levantará acta circunstanciada con presencia de dos testigos para la entrega del hidrocarburo con destino final a favor del asignatario, contratista, permisionario o distribuidor, según sea el caso, o a quien resulte procedente.

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

Este artículo de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos establece el procedimiento oficial cuando las autoridades recuperan combustible robado o asegurado. Exige que el Ministerio Público Federal (Fiscalía) haga un acta detallada con dos testigos para entregar ese hidrocarburo de manera legal y documentada a su dueño legítimo o a quien corresponda, como una empresa petrolera con permiso.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Si la Marina asegura un cargamento de gasolina robada en un huachicol, el fiscal debe levantar un acta con testigos para devolver ese combustible a Pemex, su dueño legal, siguiendo el artículo 6.
  • Ejemplo 2: Al desmantelar un ducto clandestino, la Fiscalía documenta con acta y testigos la entrega del combustible hallado a la empresa distribuidora autorizada en la zona, cumpliendo con la ley.
  • Ejemplo 3: Cuando se incautan pipas con diésel adulterado, este procedimiento garantiza que la evidencia (el hidrocarburo) se entregue formalmente al permisionario afectado para su disposición final.

Análisis jurídico

El artículo 6 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos regula un acto de procedimiento administrativo-penal. Su supuesto de hecho es la necesidad de restituir hidrocarburo asegurado o recuperado. La consecuencia jurídica es la obligación del Ministerio Público Federal de levantar un acta circunstanciada, un documento formal que describe hechos y condiciones, con la solemnidad de dos testigos. Este acto garantiza la cadena de custodia, la transparencia en la restitución del producto a los sujetos regulados (asignatarios, contratistas, etc.) y sirve como prueba para el proceso penal y para acreditar la recepción por parte del titular del derecho.

Artículos relacionados

El artículo 5 de la misma ley, que define las conductas ilícitas como el robo de hidrocarburos, es el antecedente lógico: una vez asegurado el producto por un delito previsto en el artículo 5, se activa el procedimiento de entrega del artículo 6. También se relaciona con el Código Nacional de Procedimientos Penales, que regula con detalle la función y formalidades del Ministerio Público, incluyendo la elaboración de actas. La Ley de la Industria Eléctrica tiene figuras similares para restituir bienes a titulares de permisos.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 6

El Artículo 6 de la LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "El Ministerio Público de la Federación levantará acta circunstanciada con presencia de dos testigos para la entrega del hidrocarburo con destino final a favor del asignatario, contratista, permisionario o distribuidor, según sea el caso, o a quien resulte procedente."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 6

En aplicación del Artículo 6, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "El Ministerio Público de la Federación levantará acta circunstanciada con presencia de dos testigos ..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.

La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 6.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 6" + "LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LO".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 6 de la LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

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📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 6 de la LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS?
El Artículo 6 de la LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia civil. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
Los plazos varían según el tipo de acción civil: 10 años para acciones reales sobre inmuebles, 5 años para acciones personales, y 2 años para responsabilidad civil extracontractual. Consulte los Arts. 1159-1164 del Código Civil.
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
Depende del acto jurídico. Los actos que involucren inmuebles, poderes generales, constitución de sociedades y testamentos generalmente requieren escritura pública ante notario.
¿Este artículo aplica en todo México?
El Código Civil Federal aplica en el ámbito federal y como supletorio. Cada estado tiene su propio Código Civil que puede variar. Verifique la legislación de su estado.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 6. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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