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📜 Texto OficialLEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS

TÍTULO SEGUNDO DE LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, PETROLÍFEROS O PETROQUÍMICOS Y DEMÁS ACTIVOS

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

El artículo 7 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos no contiene un delito específico. Lo que hace es presentar el "Título Segundo" de la ley, que es como el nombre de un capítulo grande. Este título anuncia que a partir de ahí se van a listar y explicar todos los delitos relacionados con el robo, daño o uso ilegal de hidrocarburos, gasolinas, petroquímicos y las instalaciones de Pemex.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Si ves una noticia sobre el decomiso de un pipa con combustible robado, los cargos contra los detenidos se basan en los delitos detallados justo después de este artículo 7 de la ley de hidrocarburos.
  • Ejemplo 2: Cuando las autoridades desmantelan una toma clandestina en un ducto de Pemex, el marco legal para procesar a los responsables está contenido en el Título Segundo que introduce este artículo.
  • Ejemplo 3: Si un comercio es acusado de vender gasolina adulterada, la figura delictiva que se le imputa está definida en las secciones que siguen al artículo 7 de esta ley federal.

Análisis jurídico

El artículo 7 tiene una función estructural y de ordenamiento dentro de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos. Su supuesto de hecho es la existencia misma de la ley, y su consecuencia jurídica es la división formal de su contenido. No establece tipos penales, sanciones o elementos de delito por sí mismo. Su interpretación es sistemática: sirve como encabezado que agrupa y da contexto a los artículos subsecuentes (del 8 al 23), donde sí se describen las conductas ilícitas, sus modalidades y las penas correspondientes en materia de hidrocarburos.

Artículos relacionados

Los artículos directamente relacionados son todos los que comprende el Título Segundo que este artículo 7 presenta, especialmente los artículos 8, 9 y 10 que definen los delitos base como el robo de hidrocarburos. También se vincula con la Ley de Petróleos Mexicanos, que define los bienes y recursos que esta ley penal protege. La relación es jerárquica y de referencia: el artículo 7 es la puerta de entrada al catálogo de delitos específicos.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 7

El Artículo 7 de la LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "TÍTULO SEGUNDO DE LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, PETROLÍFEROS O PETROQUÍMICOS Y DEMÁS ACTIVOS."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

En materia penal, este artículo es parámetro de control para evaluar la legalidad de actos de investigación, medidas cautelares y sentencias. Los Jueces de Control deben contrastarlo con el Código Nacional de Procedimientos Penales al resolver audiencias iniciales.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Amparo Indirecto durante el proceso penal (contra actos del Ministerio Público o del Juez de Control) y Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado de Circuito contra la sentencia definitiva. En caso de violaciones graves a derechos durante la investigación, también procede la queja ante el órgano jurisdiccional competente.

💡 Caso Práctico — Artículo 7

Durante una audiencia inicial, el Ministerio Público presenta datos de prueba que fueron obtenidos mediante una diligencia realizada sin orden judicial. El imputado, a través de su defensor, plantea la exclusión de prueba ilícita con base en el Artículo 7: los derechos constitucionales actúan como regla de exclusión que invalida cualquier evidencia obtenida en su contravención.

Si el juez de control rechaza la exclusión, procede el amparo indirecto de inmediato (violación de reglas que trascienden al fallo), y la Suprema Corte ha sostenido que la admisión de prueba ilícita en juicio oral amerita la reposición del procedimiento.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 7.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 7" + "LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LO".
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🧮 Calculadoras Relacionadas

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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 7 de la LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 7 de la LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS?
El Artículo 7 de la LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia civil. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
Los plazos varían según el tipo de acción civil: 10 años para acciones reales sobre inmuebles, 5 años para acciones personales, y 2 años para responsabilidad civil extracontractual. Consulte los Arts. 1159-1164 del Código Civil.
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
Depende del acto jurídico. Los actos que involucren inmuebles, poderes generales, constitución de sociedades y testamentos generalmente requieren escritura pública ante notario.
¿Este artículo aplica en todo México?
El Código Civil Federal aplica en el ámbito federal y como supletorio. Cada estado tiene su propio Código Civil que puede variar. Verifique la legislación de su estado.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 7. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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