Artículo 44
“Artículo 44.- El Ejecutivo Federal, por conducto del Sistema Nacional, de acuerdo a sus atribuciones, promoverá la participación de la sociedad en la planeación, diseño, aplicación y evaluación de los programas e instrumentos de la Política Nacional a que se refiere esta Ley. Artículo reformado DOF 15-01-2026”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley General para la Igualdad Sustantiva Entre Mujeres y Hombres fue modificado recientemente. La fecha de su reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2026, indica que su contenido legal fue actualizado. Para saber exactamente qué cambió, es necesario consultar el texto oficial de la reforma del artículo 44.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un ciudadano investiga sus derechos en materia de igualdad y encuentra que el artículo 44 fue reformado. Debe buscar el texto actualizado para entender las nuevas obligaciones o derechos establecidos, en lugar de confiar en versiones antiguas.
- Ejemplo 2: Una organización civil que da asesoría sobre equidad de género necesita actualizar sus manuales y materiales de difusión, verificando los cambios específicos introducidos en esta reforma para brindar información precisa.
- Ejemplo 3: Un abogado prepara un caso relacionado con discriminación laboral y debe fundamentar una parte de su argumentación en este artículo. Es su deber profesional citar y aplicar la versión vigente tras la reforma de 2026.
Análisis jurídico
El dato proporcionado constituye una nota de vigencia que informa sobre la modificación normativa del artículo 44. El supuesto de hecho es la publicación de la reforma en el DOF. La consecuencia jurídica es la derogación del texto anterior y la entrada en vigor del nuevo. Para un análisis completo, se requiere la interpretación sistemática: contrastar el texto previo con el reformado para identificar las adiciones, supresiones o modificaciones, y entender su impacto en el sistema de la Ley General para la Igualdad Sustantiva Entre Mujeres y Hombres y su coordinación con otras normas en la materia.
Artículos relacionados
El artículo 1 de la misma ley, que establece su objeto de promover y garantizar la igualdad sustantiva. Es fundamental porque cualquier reforma, como la del artículo 44, debe interpretarse a la luz de este principio rector. También se relaciona con el artículo 2 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que regula la entrada en vigor de las leyes y sus reformas a partir de su publicación en el DOF, mecanismo aplicado a esta modificación.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 44
El Artículo 44 de la LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "- El Ejecutivo Federal, por conducto del Sistema Nacional, de acuerdo a sus atribuciones, promoverá la participación de la sociedad en la planeación, diseño, aplicación y evaluación de los programas e instrumentos de la Política Nacional a que se refiere esta Ley."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 44
En aplicación del Artículo 44, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "- El Ejecutivo Federal, por conducto del Sistema Nacional, de acuerdo a sus atribuciones, promoverá ..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 44.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 44 de la LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 44 de la LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación fiscal?
¿Puedo impugnar una resolución basada en este artículo?
¿Puedo pagar en parcialidades?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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