Artículo 1
“Para el despacho de los asuntos que competen al Ministerio Público, la actuación de la Procuraduría se regirá por los principios de legalidad, certeza, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, transparencia, eficacia, eficiencia y respeto a los derechos humanos. CAPITULO II DE LAS ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo, el primero de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, establece las reglas de conducta que debe seguir la Fiscalía (antes Procuraduría) y sus fiscales (Ministerio Público) al trabajar. Les ordena actuar siempre dentro de la ley, con honestidad, profesionalismo, sin tomar partido, siendo transparentes y respetando siempre los derechos de las personas. Es la base ética y legal de su función.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si vas a denunciar un robo, el fiscal que atienda tu caso debe hacerlo con profesionalismo (eficacia) y respetando tu dignidad (derechos humanos), sin juzgarte y siguiendo el procedimiento legal (legalidad).
- Ejemplo 2: Si un fiscal investiga a dos vecinos en conflicto, debe ser imparcial y objetivo, sin favorecer a uno por su posición social. Su lealtad es con la justicia, no con las partes.
- Ejemplo 3: Cuando solicitas información sobre tu carpeta de investigación, la Fiscalía debe proporcionarla de manera clara y completa (transparencia), actuando con honradez y sin ocultar datos sin justificación legal.
Análisis jurídico
El artículo 1 contiene el supuesto de hecho general de toda actuación del Ministerio Público: "el despacho de los asuntos que competen al Ministerio Público". La consecuencia jurídica es la sujeción obligatoria a once principios rectores: legalidad, certeza, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, transparencia, eficacia, eficiencia y respeto a los derechos humanos. Estos principios, de naturaleza constitucional y convencional (derechos humanos), operan como parámetros de validez y corrección de todo acto de la institución, pudiendo invocarse para impugnar actuaciones que los vulneren. Su interpretación debe ser sistemática con la Constitución y los tratados internacionales.
Artículos relacionados
Este artículo 1 se vincula directamente con el artículo 21 constitucional, que establece la obligación del Ministerio Público de investigar los delitos bajo principios de legalidad y objetividad. Dentro de la misma Ley Orgánica de la Procuraduria General de Justicia del Distrito Federal, el Capítulo II sobre Atribuciones que le sigue debe ejercerse en estricto apego a estos principios. También se relaciona con la Ley General de Víctimas, que desarrolla el principio de respeto a los derechos humanos en el trato a las víctimas.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 1
El Artículo 1 de la LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL delimita competencias entre poderes y órdenes de gobierno. Su texto inicia estableciendo: "Para el despacho de los asuntos que competen al Ministerio Público, la actuación de la Procuraduría se regirá por los principios de legalidad, certeza, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, transparencia, eficacia, eficiencia y respeto a los derechos humanos."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Controversia Constitucional ante la SCJN para resolver conflictos competenciales entre poderes u órdenes de gobierno (plazo 30 días desde el conocimiento del acto). Esta vía es exclusiva para los poderes, órganos o entes públicos señalados en el artículo 105 fracción I constitucional.
💡 Caso Práctico — Artículo 1
En aplicación del Artículo 1, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Para el despacho de los asuntos que competen al Ministerio Público, la actuación de la Procuraduría ..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 1.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 1 de la LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 1 de la LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
¿Este artículo aplica en todo México?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
📄 Plantillas Relacionadas
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