Artículo 10
“I. Recabar, sistematizar y analizar la información generada en materia de incidencia delictiva, incluyendo consignaciones, autos de formal prisión, sentencias y en general la estadística criminal, así como validar y proporcionar claves de acceso a las bases de datos. II. Investigar y determinar las causas que dan origen a los delitos, precisar la georeferenciación de cada evento delictivo y las zonas de incidencia delictiva y desarrollar estadísticas criminales, y conocer el impacto social del delito y su costo, para el diseño de la política criminal, que prevea una participación integral y coherente del Gobierno del Distrito Federal y de la sociedad civil; III. Garantizar la formación profesional y el mejoramiento de instrumentos administrativos y tecnológicos para la eficiente y eficaz investigación de los delitos y persecución de los imputados; IV. Analizar la política criminal adoptada en otras ciudades e intercambiar información y experiencias con las autoridades responsables de éstas, para diseñar la política criminal del Distrito Federal; V. Participar en el diseño de los programas correspondientes del Distrito Federal, en los términos de las normas legales aplicables; VI. Intervenir en la evaluación del cumplimiento de los programas de política criminal del Distrito Federal; VII. Concentrar y administrar las bases de datos y sistemas relacionados con información, que sirva para integrar la estadística criminal; VIII. Promover la celebración de contratos y convenios con Organismos o Instituciones Educativas Públicas, privilegiando a las Empresas Privadas Nacionales, para la elaboración de estudios y proyectos de política y/o Estadística Criminal; y IX. Las demás que justifiquen la finalidad de eficientar la política y la estadística criminal de la Ciudad de México.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley Organica de la Procuraduria General de Justicia del Distrito Federal le da a la institución varias tareas clave para combatir el delito. Básicamente, le ordena recolectar y analizar toda la información sobre crímenes, investigar por qué suceden y en qué zonas, y usar esos datos para diseñar mejores estrategias de seguridad. También debe capacitar a sus investigadores y comparar sus métodos con los de otras ciudades para ser más efectiva.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si vives en una colonia con alta incidencia de robos, el análisis de datos del artículo 10 ayuda a identificar los puntos y horarios críticos, permitiendo que la policía diseñe operativos más precisos y preventivos en tu zona.
- Ejemplo 2: Cuando la autoridad anuncia que un tipo de fraude está aumentando en la ciudad, esa información viene de las estadísticas criminales que esta ley manda elaborar, alertándote para que tomes precauciones.
- Ejemplo 3: Si la Procuraduría implementa un nuevo programa de capacitación para sus agentes investigadores, es porque este artículo le ordena garantizar su formación profesional para mejorar la eficacia en las pesquisas.
Análisis jurídico
El artículo 10 establece las atribuciones sustantivas de la Procuraduría en materia de política criminal y estadística. Su supuesto de hecho es la existencia de la institución, y la consecuencia jurídica es la obligación de realizar las nueve acciones enumeradas. Normativamente, funciona como un catálogo de facultades-dirección que orientan la actividad de la institución hacia un modelo de seguridad basado en evidencia. La interpretación sistemática lo vincula con las disposiciones de la ley que definen su objeto y otras atribuciones operativas, conformando un marco integral para la persecución de delitos.
Artículos relacionados
Dentro de la misma Ley Organica de la Procuraduria General de Justicia del Distrito Federal, el artículo 2 se relaciona porque define el objeto de la institución, del cual las atribuciones del artículo 10 son un desarrollo específico. También se vincula con el artículo 3 sobre las atribuciones generales. Externamente, conecta con la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en su parte de estadística criminal, y con leyes locales que mandatan la planeación del desarrollo, donde se insertan los programas de política criminal.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 10
El Artículo 10 de la LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Recabar, sistematizar y analizar la información generada en materia de incidencia delictiva, incluyendo consignaciones, autos de formal prisión, sentencias y en general la estadística criminal, así como validar y proporcionar claves de acceso a las bases de datos."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En materia penal, este artículo es parámetro de control para evaluar la legalidad de actos de investigación, medidas cautelares y sentencias. Los Jueces de Control deben contrastarlo con el Código Nacional de Procedimientos Penales al resolver audiencias iniciales.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Amparo Indirecto durante el proceso penal (contra actos del Ministerio Público o del Juez de Control) y Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado de Circuito contra la sentencia definitiva. En caso de violaciones graves a derechos durante la investigación, también procede la queja ante el órgano jurisdiccional competente.
💡 Caso Práctico — Artículo 10
Durante una audiencia inicial, el Ministerio Público presenta datos de prueba que fueron obtenidos mediante una diligencia realizada sin orden judicial. El imputado, a través de su defensor, plantea la exclusión de prueba ilícita con base en el Artículo 10: los derechos constitucionales actúan como regla de exclusión que invalida cualquier evidencia obtenida en su contravención.
Si el juez de control rechaza la exclusión, procede el amparo indirecto de inmediato (violación de reglas que trascienden al fallo), y la Suprema Corte ha sostenido que la admisión de prueba ilícita en juicio oral amerita la reposición del procedimiento.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 10.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 10 de la LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 10 de la LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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¿Este artículo aplica en todo México?
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📄 Plantillas Relacionadas
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