Artículo 115
“Artículo 115. La Escuela Nacional de Formación Judicial es un órgano auxiliar del Órgano de Administración Judicial con autonomía técnica y de gestión, responsable de diseñar e implementar los procesos de formación, capacitación, evaluación, certificación y actualización del personal de carrera judicial y administrativo del Poder Judicial de la Federación, de sus órganos auxiliares y de las defensorías públicas y, en su caso, del personal de los Poderes Judiciales locales, fiscalías, organismos de protección de los derechos humanos, instituciones de seguridad pública y del público en general.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
El artículo 115 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación no contiene texto normativo. Esto significa que es un artículo que, en su versión actual, está vacío o ha sido derogado. No establece derechos, obligaciones o procedimientos. Su existencia en la ley sirve como una referencia estructural, pero no tiene un contenido aplicable para los ciudadanos o los jueces en este momento.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si buscas en internet o en un libro el texto del artículo 115 para un trámite, descubrirás que no hay nada escrito. No podrás basar una petición o un argumento legal en él porque carece de contenido.
- Ejemplo 2: Un estudiante de derecho que esté investigando esta ley debe tomar nota de que este artículo específico no aporta normas, lo que puede indicar una reforma legal donde sus disposiciones anteriores fueron movidas o eliminadas.
- Ejemplo 3: Alguien que lea una sentencia donde se cite la Ley Orgánica debe saber que si el juez menciona el artículo 115, probablemente sea un error, ya que este no contiene reglas que aplicar a un caso concreto.
Análisis jurídico
Desde la técnica legislativa, un artículo sin texto puede ser el resultado de una derogación expresa donde se eliminó el contenido normativo pero se mantuvo la numeración, o un error de publicación. Su supuesto de hecho y consecuencia jurídica son inexistentes. La interpretación sistemática obliga a verificar reformas en el Diario Oficial de la Federación para conocer su historia. Su presencia afecta la integridad formal de la ley, pero no genera efectos jurídicos directos. El operador jurídico debe omitirlo y buscar las disposiciones vigentes en artículos adyacentes.
Artículos relacionados
Los artículos 114 y 116 de la misma Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación son los relacionados directamente, ya que flanquean al artículo 115. Consultarlos permite entender el contexto normativo del que forma parte estructural. También es relevante el artículo 1o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que establece el principio de legalidad, el cual no puede fundarse en un artículo vacío como el 115.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 115
El Artículo 115 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "La Escuela Nacional de Formación Judicial es un órgano auxiliar del Órgano de Administración Judicial con autonomía técnica y de gestión, responsable de diseñar e implementar los procesos de formación, capacitación, evaluación, certificación y actualización del personal de carrera judicial y admi...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En materia fiscal, el precepto sirve de base para impugnar disposiciones tributarias que resulten desproporcionales, inequitativas o discriminatorias. El SAT, el TFJA y los Juzgados de Distrito son las instancias que conocen estas controversias.
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
El derecho a la educación obliga al Estado a garantizar el acceso a la educación básica de forma gratuita y laica. La imposición de cuotas voluntarias que se convierten en obligatorias, o la negativa de inscripción sin causa legalmente justificada, son violaciones directas a este precepto, impugnables mediante amparo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Secuencia: (1) Recurso de Revocación ante el SAT (plazo 30 días); (2) Juicio Contencioso Administrativo ante el TFJA (plazo 30 días desde la resolución); (3) Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado contra la sentencia del TFJA.
- ▸Amparo Indirecto por omisión de autoridades de salud o educativas. También procede el recurso administrativo ante la Secretaría de Salud o SEP como medio previo. En casos urgentes (tratamientos de vida o muerte), la suspensión provisional del acto procede de plano.
💡 Caso Práctico — Artículo 115
El SAT emite una disposición reglamentaria que establece una tasa de retención diferenciada para pequeños contribuyentes con respecto a los grandes, sin que exista una justificación objetiva y razonable. Una empresa afectada puede impugnar la norma mediante amparo indirecto contra leyes fiscales, argumentando que viola el principio de equidad tributaria derivado del Artículo 115. El Poder Judicial Federal está obligado a realizar el escrutinio de proporcionalidad y, si la norma no lo supera, declarar su inaplicación para el caso concreto.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 115.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 115 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 115 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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📄 Plantillas Relacionadas
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